Los argumentos a favor y en contra del recurso de apelación por el fallo a favor de la Generadora San Mateo, fueron presentados en audiencia de vista pública virtual que realizó la Corte de Constitucionalidad (CC) este viernes.
La acción legal es por la emisión de la licencia de Evaluación Impacto Ambiental (EIA) para el proyecto hidroeléctrico Pojom II, en San Mateo Ixtatán, Huehuetenango.
El expediente fue presentado el 23 de octubre de 2019 ante la CC por el exdiputado Leocadio Juracán, amparistas y el Ministerio Público (MP).
Rechazan lo dictado por la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que avala la decisión del Ministerio de Ambiente de otorgar la licencia.
Defienden fallo
Durante la vista pública, la Procuraduría General de la Nación (PGN) y representantes de más de 50 comunidades, terceros interesados, defendieron la sentencia emitida el 5 de abril de 2019.
Según ese fallo “no se omitieron pasos esenciales para el estudio y que ninguna ley le obliga a realizar la consulta comunitaria”. Tampoco se otorgan facultades a los empresarios para la construcción de la obra.
Alfonso Godínez, representante de Generadora San Mateo, reiteró que la licencia es “una salvaguarda de derechos, un examen previo de las consecuencias que podría tener el proyecto hidroeléctrico para poder mitigar riesgos potenciales e informar adecuadamente a la comunidad”.
Piden una comisión
Mateo Pascual de la organización Trece Democracia, solicitó denegar el amparo porque el río no se ha tocado, el proyecto no se ha iniciado y corren el riesgo de seguir sin electrificación.
“Invito a la CC a conformar una comisión para visitar el área y comprobarlo”, enfatizó.
Otros comunitarios originarios del lugar aseguraron que personas de otros departamentos son quienes están en contra. “Son dirigidos por oenegés que ni siquiera se han hecho presentes con las recientes inundaciones en la parte alta de la región”, señalaron.
Las apelantes insistieron en respetar el convenio 169, de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Guatemala por suscribirlo, debe cumplir con las consulta a comunidades cuando se ven afectadas por proyectos, refirieron.
Por su parte, Godínez aclaró que dicha consulta toma como base la información que se recaba en el EIA. Puntualizó que dicho estudio no agota el proceso de consulta ni lo sustituye.
Desde 2017 el campamento de proyecto ha sido atacado, por lo cual el personal no ingresa al área desde octubre de 2018.
Los argumentos a favor y en contra del recurso de apelación por el fallo a favor de la Generadora San Mateo, fueron presentados en audiencia de vista pública virtual que realizó la Corte de Constitucionalidad (CC) este viernes.
La acción legal es por la emisión de la licencia de Evaluación Impacto Ambiental (EIA) para el proyecto hidroeléctrico Pojom II, en San Mateo Ixtatán, Huehuetenango.
El expediente fue presentado el 23 de octubre de 2019 ante la CC por el exdiputado Leocadio Juracán, amparistas y el Ministerio Público (MP).
Rechazan lo dictado por la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que avala la decisión del Ministerio de Ambiente de otorgar la licencia.
Defienden fallo
Durante la vista pública, la Procuraduría General de la Nación (PGN) y representantes de más de 50 comunidades, terceros interesados, defendieron la sentencia emitida el 5 de abril de 2019.
Según ese fallo “no se omitieron pasos esenciales para el estudio y que ninguna ley le obliga a realizar la consulta comunitaria”. Tampoco se otorgan facultades a los empresarios para la construcción de la obra.
Alfonso Godínez, representante de Generadora San Mateo, reiteró que la licencia es “una salvaguarda de derechos, un examen previo de las consecuencias que podría tener el proyecto hidroeléctrico para poder mitigar riesgos potenciales e informar adecuadamente a la comunidad”.
Piden una comisión
Mateo Pascual de la organización Trece Democracia, solicitó denegar el amparo porque el río no se ha tocado, el proyecto no se ha iniciado y corren el riesgo de seguir sin electrificación.
“Invito a la CC a conformar una comisión para visitar el área y comprobarlo”, enfatizó.
Otros comunitarios originarios del lugar aseguraron que personas de otros departamentos son quienes están en contra. “Son dirigidos por oenegés que ni siquiera se han hecho presentes con las recientes inundaciones en la parte alta de la región”, señalaron.
Las apelantes insistieron en respetar el convenio 169, de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Guatemala por suscribirlo, debe cumplir con las consulta a comunidades cuando se ven afectadas por proyectos, refirieron.
Por su parte, Godínez aclaró que dicha consulta toma como base la información que se recaba en el EIA. Puntualizó que dicho estudio no agota el proceso de consulta ni lo sustituye.
Desde 2017 el campamento de proyecto ha sido atacado, por lo cual el personal no ingresa al área desde octubre de 2018.