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A juicio a ex integrantes del Concejo Municipal de San Pablo La Laguna

Glenda Sanchez
21 de octubre, 2020

Un Juzgado envió a juicio a cuatro ex integrantes del Concejo Municipal de San Pablo La Laguna, Sololá, por el delito de abuso de autoridad, confirmó el Ministerio Público (MP).

Los cuatro exfunciarios acordaron adjudicar la construcción de ampliación de la Escuela Primaria Oficial Urbana Mixta de San Pablo La Laguna a una empresa distinta a la que la Junta de Licitación había conferido.

“Con base a la investigación presentada, el Juzgado los envió a juicio. El período del Concejo Municipal corresponde a 2008-2012″, indicó la Fiscalía.

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Integrantes del Concejo con medidas

Asimismo, el Juzgado de Primera Instancia Penal de Santiago Atitlán les otorgó las medidas sustitutivas y firmar el libro cada 15 días. Además deben pagar una caución económica de Q3 mil cada uno.

Los integrantes señalados son: Pedro Ixayá Lejá, exalcalde, Federico Xelemango Ajquivijay, sindico Segundo; Miguel Ixcaya Ixcaya, concejal Tercero y Gaspar Culum Matzar, síndico Primero.

La Fiscalía informó que los cuatro son sospechosos de adjudicar a otra entidad los trabajos infringiendo el artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Asimismo, se decretó la rebeldía contra Diego Culum Ixcaya, y se giró orden de captura en su contra.

¿Qué dice la ley?

Artículo 36, Ley de Contrataciones del Estado

Publicada en Guatecompras la adjudicación, y contestadas las inconformidades, si las hubiere, la Junta remitirá el expediente a la autoridad superior, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes.

Si se aprobará o improbará lo actuado por la Junta, con causa justificada, de conformidad con lo establecido en la ley, dentro de los cinco (5) días de recibido el expediente. Se deberá dejar constancia escrita de lo actuado.

Además si se imprueba lo actuado por la Junta, deberá devolver el expediente para su revisión, dentro del plazo de dos (2) días hábiles posteriores de adoptada la decisión.

La Junta, con base en las observaciones formuladas por la autoridad superior, podrá confirmar o modificar su decisión original, en forma razonada, dentro del plazo de cinco días hábiles de recibido el expediente, revisará lo actuado y hará la adjudicación conforme a la ley y las bases.

Dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la decisión, la Junta devolverá el expediente a la autoridad superior, quien dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes podrá aprobar, improbar o prescindir de la negociación.

De improbar, se notificará electrónicamente a través de GUATECOMPRAS, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, dando por concluido el evento. En caso de prescindir, aplicará lo establecido en el artículo 37 de esta Ley.

En los casos en los que la autoridad superior decida improbar o prescindir, razonará la decisión en la resolución correspondien.

A juicio a ex integrantes del Concejo Municipal de San Pablo La Laguna

Glenda Sanchez
21 de octubre, 2020

Un Juzgado envió a juicio a cuatro ex integrantes del Concejo Municipal de San Pablo La Laguna, Sololá, por el delito de abuso de autoridad, confirmó el Ministerio Público (MP).

Los cuatro exfunciarios acordaron adjudicar la construcción de ampliación de la Escuela Primaria Oficial Urbana Mixta de San Pablo La Laguna a una empresa distinta a la que la Junta de Licitación había conferido.

“Con base a la investigación presentada, el Juzgado los envió a juicio. El período del Concejo Municipal corresponde a 2008-2012″, indicó la Fiscalía.

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Integrantes del Concejo con medidas

Asimismo, el Juzgado de Primera Instancia Penal de Santiago Atitlán les otorgó las medidas sustitutivas y firmar el libro cada 15 días. Además deben pagar una caución económica de Q3 mil cada uno.

Los integrantes señalados son: Pedro Ixayá Lejá, exalcalde, Federico Xelemango Ajquivijay, sindico Segundo; Miguel Ixcaya Ixcaya, concejal Tercero y Gaspar Culum Matzar, síndico Primero.

La Fiscalía informó que los cuatro son sospechosos de adjudicar a otra entidad los trabajos infringiendo el artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Asimismo, se decretó la rebeldía contra Diego Culum Ixcaya, y se giró orden de captura en su contra.

¿Qué dice la ley?

Artículo 36, Ley de Contrataciones del Estado

Publicada en Guatecompras la adjudicación, y contestadas las inconformidades, si las hubiere, la Junta remitirá el expediente a la autoridad superior, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes.

Si se aprobará o improbará lo actuado por la Junta, con causa justificada, de conformidad con lo establecido en la ley, dentro de los cinco (5) días de recibido el expediente. Se deberá dejar constancia escrita de lo actuado.

Además si se imprueba lo actuado por la Junta, deberá devolver el expediente para su revisión, dentro del plazo de dos (2) días hábiles posteriores de adoptada la decisión.

La Junta, con base en las observaciones formuladas por la autoridad superior, podrá confirmar o modificar su decisión original, en forma razonada, dentro del plazo de cinco días hábiles de recibido el expediente, revisará lo actuado y hará la adjudicación conforme a la ley y las bases.

Dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la decisión, la Junta devolverá el expediente a la autoridad superior, quien dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes podrá aprobar, improbar o prescindir de la negociación.

De improbar, se notificará electrónicamente a través de GUATECOMPRAS, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, dando por concluido el evento. En caso de prescindir, aplicará lo establecido en el artículo 37 de esta Ley.

En los casos en los que la autoridad superior decida improbar o prescindir, razonará la decisión en la resolución correspondien.

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