La asociación de abogados Alianza en Defensa de la República (Ader), solicita a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), revocar de oficio el amparo temporal que frenó el trabajo para elegir a las nuevas Cortes.
“Ante la imposibilidad material que el Consejo de la Carrera Judicial pueda emitir un reglamento de evaluación que reúna todos los requisitos técnicos y jurídicos para ser operativo, la CC proceda de oficio con la revocación del amparo provisional otorgado”, indica la Ader.
La referida entidad integrada por abogados de larga y mediana trayectoria que han ocupado distintos cargos en la administración de justicia, ven esa opción como salida a la inminente paralización del sistema.
“Dados los efectos de completa falta de certeza sobre el momento en el cual van a asumir los nuevos magistrados electos a sus cargos, el mantenimiento de la medida provisional no se justifica en ponderación con los efectos e impacto negativo en todas las causas judiciales del país”, señala un comunicado de la Alianza en Defensa de la República.
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Procesos judiciales en riesgo
La referida asociación anticipa que todos los procesos legales están en riesgo porque el plazo de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Cortes de Apelaciones no se puede prorrogar.
“De no cumplirse con el plazo constitucional (el 13 de octubre), se suspenderán la totalidad de los procesos que se encuentran en análisis y son conocidos en el Organismo Judicial en la actualidad”, añade Ader.
Asimismo, los abogados manifiestan que “existe un plazo de cinco años establecido en la Constitución que indica la duración del ejercicio de sus funciones de magistrados (de cualquier categoría); dicho plazo vence el 12 de octubre del presente año. Este plazo no es prorrogable”.
Ader enfatiza que la resolución de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad debe privilegiar el funcionamiento del sistema de justicia por encima de atribuciones no cumplidas por el Consejo de la Carrera Judicial.
“Que se privilegie la administración de la justicia, armonizándose los preceptos relativos a la carrera judicial con lo ya actuado por las Comisiones de Postulación, con el ánimo de no ponderar la superioridad de las carrera judicial por encima del derecho de los administrados a obtener una justicia pronta y cumplida”, subrayan los juristas.
“Todos tenemos un interés directo y un derecho inalienable que debe ser resguardado por la Corte de Constitucionalidad. Es la propia institucionalidad del Estado la que está en juego. Magistrados revoquen el amparo provisional”, concluye Ader.
El fallo de la CC
El 16 de septiembre, siete días antes de que se enviaran al Congreso de la República los listados de los candidatos para ocupar cargos en las Cortes, la CC suspendió el proceso.
Se otorgó un amparo provisional al magistrado Noé Ventura Loyo y a la Fundación Myrna Mack.
El fallo de la CC anula el proceso de selección realizado por las Comisiones Postuladoras y ordena repetir la conformación de la Comisión Postuladora para la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, establece que el Consejo de la Carrera Judicial debe enviar a las Postuladoras, la evaluación de los jueces y magistrados.
Su informe debe basarse en experiencia, especialización y desempeño de los juzgadores.
La asociación de abogados Alianza en Defensa de la República (Ader), solicita a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), revocar de oficio el amparo temporal que frenó el trabajo para elegir a las nuevas Cortes.
“Ante la imposibilidad material que el Consejo de la Carrera Judicial pueda emitir un reglamento de evaluación que reúna todos los requisitos técnicos y jurídicos para ser operativo, la CC proceda de oficio con la revocación del amparo provisional otorgado”, indica la Ader.
La referida entidad integrada por abogados de larga y mediana trayectoria que han ocupado distintos cargos en la administración de justicia, ven esa opción como salida a la inminente paralización del sistema.
“Dados los efectos de completa falta de certeza sobre el momento en el cual van a asumir los nuevos magistrados electos a sus cargos, el mantenimiento de la medida provisional no se justifica en ponderación con los efectos e impacto negativo en todas las causas judiciales del país”, señala un comunicado de la Alianza en Defensa de la República.
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“De no cumplirse con el plazo constitucional (el 13 de octubre), se suspenderán la totalidad de los procesos que se encuentran en análisis y son conocidos en el Organismo Judicial en la actualidad”, añade Ader.
Asimismo, los abogados manifiestan que “existe un plazo de cinco años establecido en la Constitución que indica la duración del ejercicio de sus funciones de magistrados (de cualquier categoría); dicho plazo vence el 12 de octubre del presente año. Este plazo no es prorrogable”.
Ader enfatiza que la resolución de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad debe privilegiar el funcionamiento del sistema de justicia por encima de atribuciones no cumplidas por el Consejo de la Carrera Judicial.
“Que se privilegie la administración de la justicia, armonizándose los preceptos relativos a la carrera judicial con lo ya actuado por las Comisiones de Postulación, con el ánimo de no ponderar la superioridad de las carrera judicial por encima del derecho de los administrados a obtener una justicia pronta y cumplida”, subrayan los juristas.
“Todos tenemos un interés directo y un derecho inalienable que debe ser resguardado por la Corte de Constitucionalidad. Es la propia institucionalidad del Estado la que está en juego. Magistrados revoquen el amparo provisional”, concluye Ader.
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El 16 de septiembre, siete días antes de que se enviaran al Congreso de la República los listados de los candidatos para ocupar cargos en las Cortes, la CC suspendió el proceso.
Se otorgó un amparo provisional al magistrado Noé Ventura Loyo y a la Fundación Myrna Mack.
El fallo de la CC anula el proceso de selección realizado por las Comisiones Postuladoras y ordena repetir la conformación de la Comisión Postuladora para la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, establece que el Consejo de la Carrera Judicial debe enviar a las Postuladoras, la evaluación de los jueces y magistrados.
Su informe debe basarse en experiencia, especialización y desempeño de los juzgadores.