Guatemala y EE. UU. firman acuerdo de comercio recíproco, pero persiste incertidumbre sobre productos incluidos
El 30 de enero de 2026, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) anunció la firma del Acuerdo entre Estados Unidos y Guatemala sobre Comercio Recíproco, suscrito en Washington por el embajador Jamieson Greer y la ministra de Economía de Guatemala.
Es noticia. Según USTR, el objetivo es “abordar barreras al comercio, ampliar y consolidar mercados para las exportaciones estadounidenses y fortalecer los lazos económicos” entre ambos países.
- El anuncio sostiene que el pacto no reemplaza el CAFTA‑DR (vigente desde 2006), sino que lo complementa con compromisos sobre barreras no arancelarias y estándares regulatorios.
- La Casa Blanca ya había divulgado, el 13 de noviembre de 2025, una declaración conjunta con Guatemala que sentó las bases del acuerdo: aceptar estándares de EE. UU. en sectores como automotriz, dispositivos médicos y farmacéuticos; simplificar registros y certificados (incluida la aceptación de certificados electrónicos); y compromisos para evitar trabas a productos agrícolas de EE. UU.
- También incluyó reglas sobre propiedad intelectual, comercio digital (sin impuestos discriminatorios a servicios digitales) y buenas prácticas regulatorias.
Qué destacar. Un punto clave, y todavía abierto, es qué productos guatemaltecos ingresarán a arancel cero y bajo qué condiciones.
- El gobierno celebró que “más del 70 %” de los productos exportados a EE. UU. quedarían con cero arancel.
- Pero dejó claro que el listado detallado no es público hasta completar los pasos legales y administrativos en Washington.
- Es decir, aún no se sabe con precisión cómo ingresará un porcentaje importante del universo exportador, ni qué quedará con tarifas de 10 % u otras.
Entre líneas. Para entender el marco vigente, conviene recordar que CAFTA‑DR sigue siendo la columna vertebral de la relación comercial y ya prevé preferencias arancelarias, reglas de origen y cuotas (TRQ) para productos sensibles como azúcar y derivados.
- La agencia de aduanas de EE. UU. (CBP) actualiza cada año las cuotas CAFTA‑DR y, por ejemplo, en 2026 fijó niveles de cupo para Guatemala en rubros específicos, además de anotar que desde 2025 dejaron de aplicar ciertas cuotas lácteas a Centroamérica por cronogramas de desgravación. Estos detalles siguen vigentes y convivirán con el nuevo acuerdo mientras se publiquen los instrumentos de implementación.
- ¿Qué cambia con el nuevo acuerdo? Por ahora, lo confirmado desde fuentes oficiales de EE. UU. es un paquete de compromisos regulatorios que, en teoría, facilita el acceso de bienes e insumos estadounidenses y da previsibilidad a procedimientos (registros, certificaciones, estándares).
- En paralelo, Washington ha venido usando una política de “arancel recíproco” frente a varios socios, con avisos y ajustes en el Registro Federal. Para el caso Guatemala, habrá que esperar publicaciones específicas para conocer con precisión el tratamiento arancelario por partida.
Por qué importa. Si se confirman listas amplias a arancel cero, habría ahorros inmediatos en sectores como textil‑vestuario, manufacturas y agroindustria; menor costo de entrada puede mejorar márgenes y competitividad en EE. UU.
- Además, reglas más claras en temas de certificación y registros podrían agilizar tiempos y reducir costos administrativos.
- El mercado estadounidense ya es clave para el agro guatemalteco, y datos del USDA muestran que, del lado inverso, Guatemala es un comprador relevante de maíz, harinas proteicas, carnes y lácteos estadounidenses.
- Esa interdependencia podría traducirse en cadenas de suministro más estables si las reglas se simplifican.
Sí, pero. El mayor problema inmediato es la falta de lista oficial de partidas con preferencia y las condiciones (por ejemplo, reglas de origen, cupos, salvaguardias o cronogramas). Sin ese detalle, empresas y asociaciones no pueden planificar embarques ni precios con certeza.
- Además, al ampliar el acceso para bienes estadounidenses mediante eliminación de barreras no arancelarias, algunos productores locales podrían enfrentar más competencia en insumos y alimentos.
- Sobre todo si hay agilización de registros y estándares “equivalentes” que faciliten la entrada de productos de EE. UU. en segmentos sensibles.
- El historial de CAFTA‑DR muestra que muchas preferencias se implementan con TRQ y calendarios; si el nuevo acuerdo replica esquemas similares, habrá ganadores y perdedores según partida arancelaria y capacidad de cumplir origen.
En conclusión. El CAFTA‑DR rige desde 2006 y, con el tiempo, eliminó la mayoría de los aranceles y ajustó cuotas en productos sensibles. USDA documenta que el acuerdo impulsó el comercio bidireccional y la integración de cadenas, con Centroamérica como comprador importante de granos y carnes de EE. UU., y proveedor de frutas, azúcar y otros bienes tropicales.
- El nuevo acuerdo de “comercio recíproco” no deroga ese marco; lo superpone con medidas sobre barreras no arancelarias y, potencialmente, ajustes arancelarios puntuales que EE. UU. formalizará mediante instrumentos regulatorios.
- El acuerdo abre expectativas de reducción de costos y trámites, pero no permite aún cantar victoria: falta conocer la lista final de productos, sus condiciones de entrada y la letra pequeña en aduanas de EE. UU.
- Hasta que USTR y las agencias publiquen los textos aplicables y/o avisos que modifiquen el arancel por partida (como suele ocurrir en el Registro Federal y en guías de CBP), una parte relevante del comercio seguirá operando con reglas de CAFTA‑DR y con incertidumbre sobre el nuevo trato.
Guatemala y EE. UU. firman acuerdo de comercio recíproco, pero persiste incertidumbre sobre productos incluidos
El 30 de enero de 2026, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) anunció la firma del Acuerdo entre Estados Unidos y Guatemala sobre Comercio Recíproco, suscrito en Washington por el embajador Jamieson Greer y la ministra de Economía de Guatemala.
Es noticia. Según USTR, el objetivo es “abordar barreras al comercio, ampliar y consolidar mercados para las exportaciones estadounidenses y fortalecer los lazos económicos” entre ambos países.
- El anuncio sostiene que el pacto no reemplaza el CAFTA‑DR (vigente desde 2006), sino que lo complementa con compromisos sobre barreras no arancelarias y estándares regulatorios.
- La Casa Blanca ya había divulgado, el 13 de noviembre de 2025, una declaración conjunta con Guatemala que sentó las bases del acuerdo: aceptar estándares de EE. UU. en sectores como automotriz, dispositivos médicos y farmacéuticos; simplificar registros y certificados (incluida la aceptación de certificados electrónicos); y compromisos para evitar trabas a productos agrícolas de EE. UU.
- También incluyó reglas sobre propiedad intelectual, comercio digital (sin impuestos discriminatorios a servicios digitales) y buenas prácticas regulatorias.
Qué destacar. Un punto clave, y todavía abierto, es qué productos guatemaltecos ingresarán a arancel cero y bajo qué condiciones.
- El gobierno celebró que “más del 70 %” de los productos exportados a EE. UU. quedarían con cero arancel.
- Pero dejó claro que el listado detallado no es público hasta completar los pasos legales y administrativos en Washington.
- Es decir, aún no se sabe con precisión cómo ingresará un porcentaje importante del universo exportador, ni qué quedará con tarifas de 10 % u otras.
Entre líneas. Para entender el marco vigente, conviene recordar que CAFTA‑DR sigue siendo la columna vertebral de la relación comercial y ya prevé preferencias arancelarias, reglas de origen y cuotas (TRQ) para productos sensibles como azúcar y derivados.
- La agencia de aduanas de EE. UU. (CBP) actualiza cada año las cuotas CAFTA‑DR y, por ejemplo, en 2026 fijó niveles de cupo para Guatemala en rubros específicos, además de anotar que desde 2025 dejaron de aplicar ciertas cuotas lácteas a Centroamérica por cronogramas de desgravación. Estos detalles siguen vigentes y convivirán con el nuevo acuerdo mientras se publiquen los instrumentos de implementación.
- ¿Qué cambia con el nuevo acuerdo? Por ahora, lo confirmado desde fuentes oficiales de EE. UU. es un paquete de compromisos regulatorios que, en teoría, facilita el acceso de bienes e insumos estadounidenses y da previsibilidad a procedimientos (registros, certificaciones, estándares).
- En paralelo, Washington ha venido usando una política de “arancel recíproco” frente a varios socios, con avisos y ajustes en el Registro Federal. Para el caso Guatemala, habrá que esperar publicaciones específicas para conocer con precisión el tratamiento arancelario por partida.
Por qué importa. Si se confirman listas amplias a arancel cero, habría ahorros inmediatos en sectores como textil‑vestuario, manufacturas y agroindustria; menor costo de entrada puede mejorar márgenes y competitividad en EE. UU.
- Además, reglas más claras en temas de certificación y registros podrían agilizar tiempos y reducir costos administrativos.
- El mercado estadounidense ya es clave para el agro guatemalteco, y datos del USDA muestran que, del lado inverso, Guatemala es un comprador relevante de maíz, harinas proteicas, carnes y lácteos estadounidenses.
- Esa interdependencia podría traducirse en cadenas de suministro más estables si las reglas se simplifican.
Sí, pero. El mayor problema inmediato es la falta de lista oficial de partidas con preferencia y las condiciones (por ejemplo, reglas de origen, cupos, salvaguardias o cronogramas). Sin ese detalle, empresas y asociaciones no pueden planificar embarques ni precios con certeza.
- Además, al ampliar el acceso para bienes estadounidenses mediante eliminación de barreras no arancelarias, algunos productores locales podrían enfrentar más competencia en insumos y alimentos.
- Sobre todo si hay agilización de registros y estándares “equivalentes” que faciliten la entrada de productos de EE. UU. en segmentos sensibles.
- El historial de CAFTA‑DR muestra que muchas preferencias se implementan con TRQ y calendarios; si el nuevo acuerdo replica esquemas similares, habrá ganadores y perdedores según partida arancelaria y capacidad de cumplir origen.
En conclusión. El CAFTA‑DR rige desde 2006 y, con el tiempo, eliminó la mayoría de los aranceles y ajustó cuotas en productos sensibles. USDA documenta que el acuerdo impulsó el comercio bidireccional y la integración de cadenas, con Centroamérica como comprador importante de granos y carnes de EE. UU., y proveedor de frutas, azúcar y otros bienes tropicales.
- El nuevo acuerdo de “comercio recíproco” no deroga ese marco; lo superpone con medidas sobre barreras no arancelarias y, potencialmente, ajustes arancelarios puntuales que EE. UU. formalizará mediante instrumentos regulatorios.
- El acuerdo abre expectativas de reducción de costos y trámites, pero no permite aún cantar victoria: falta conocer la lista final de productos, sus condiciones de entrada y la letra pequeña en aduanas de EE. UU.
- Hasta que USTR y las agencias publiquen los textos aplicables y/o avisos que modifiquen el arancel por partida (como suele ocurrir en el Registro Federal y en guías de CBP), una parte relevante del comercio seguirá operando con reglas de CAFTA‑DR y con incertidumbre sobre el nuevo trato.