Los padres fundadores de EE. UU. entendieron algo que toda república debe recordar cuando el miedo, la urgencia o la presión política empujan al Estado a pedir más poder: las libertades no se protegen solas. Las libertades protegen con límites; se protegen con jueces, y se protegen con instituciones diseñadas para desconfiar del abuso.
James Madison lo explicaba con una claridad que sigue vigente: primero hay que permitirle al gobierno controlar a los gobernados; pero luego hay que obligarlo a controlarse a sí mismo.
Esa es la esencia del constitucionalismo norteamericano, la convicción de que el poder, incluso cuando persigue fines legítimos, necesita límites.
Esa lección importa recordarla hoy en Guatemala.
Guatemala necesita una ley antilavado moderna y la necesita con urgencia. El narcotráfico, el contrabando, la corrupción y las estructuras criminales han avanzado demasiado en los últimos años. El país necesita herramientas reales para perseguir el dinero sucio, proteger el sistema financiero y cumplir con estándares internacionales.
Por eso, la discusión sobre la nueva ley contra el lavado de dinero no puede reducirse a una consigna simplona de “o se aprueba tal como está, o se está defendiendo al crimen organizado”. Esa es una falsa disyuntiva.
Precisamente porque la ley es necesaria, debe aprobarse bien.
Porque si se aprueba con debilidades constitucionales evidentes, quienes quieren destruirla tendrán el argumento servido; y no necesariamente la atacarán por amor a la Constitución. Muchos la atacarán porque no quieren ninguna ley. Porque no quieren controles y porque no quieren que Guatemala tenga instrumentos eficaces contra el lavado de dinero.
Por eso, corregir sus excesos no debilita la ley, sino que la blinda.
El punto delicado está en las facultades que se le están dando al Ministerio Público (MP) y en la forma en que podrían abrirse puertas de acceso a información privada sin suficiente control judicial. Una cosa es actuar rápido frente al crimen organizado y otra muy distinta es permitir que el poder investigador acceda a información sensible sin juez, sin controles efectivos o, al menos, sin una convalidación judicial seria.
La regla debería ser sencilla: si el Estado quiere entrar a la esfera privada de una persona, revisar documentos, obtener información patrimonial, acceder a datos societarios, congelar bienes o afectar derechos, debe intervenir un juez. Lo ideal es que esa autorización judicial sea previa. Y si existe una urgencia real, entonces, por lo menos, debe haber convalidación judicial inmediata, obligatoria y efectiva.
Esto no es un capricho garantista, es sentido común republicano. Las garantías constitucionales fueron diseñadas para proteger a los ciudadanos frente al abuso del poder.
Hoy, la herramienta puede presentarse como necesaria para combatir al narcotráfico. Mañana puede estar en manos de un fiscal con agenda política, ambición personal o intereses oscuros. Las leyes no se redactan pensando en el funcionario que hoy nos cae bien. Se redactan pensando en el peor funcionario que podría llegar mañana.
Guatemala ya vio lo que ocurre cuando el MP se convierte en poder político. Durante los últimos 16 años, las herramientas penales e investigativas fueron utilizadas en el MP para construir espectáculos, presionar a adversarios y condicionar la vida pública. Si eso ocurrió con las facultades existentes, imaginemos lo que puede pasar con facultades más amplias, menos controladas y sobre información mucho más sensible.
El caso del registro centralizado de accionistas es particularmente grave. Crear una base estatal con información de accionistas de sociedades mercantiles ya representa un riesgo enorme en un país donde la criminalidad no duerme. Si esa información cae en manos equivocadas, puede convertirse en un mapa de extorsión, secuestro, persecución política o presión económica. Y si, además, se permite que el MP tenga acceso directo o discrecional a esa información sin suficiente control judicial, el riesgo deja de ser hipotético.
Eso no tiene fundamento necesario en el modelo GAFI. GAFI exige transparencia, cooperación, acceso oportuno e identificación de beneficiarios finales, pero no exige un registro accionario generalizado expuesto a riesgos innecesarios. De hecho, los propios EE. UU. —ese país cuya tradición constitucional tanto admiramos— dieron marcha atrás respecto de los requisitos generalizados de reporte de beneficiario final para compañías estadounidenses y personas estadounidenses. Si ellos mismos han reconocido la carga y el riesgo de ese modelo para sus empresas domésticas, Guatemala no tiene por qué ser más papista que el papa.
Cumplir con GAFI no significa ir más allá de GAFI. GAFI pide celeridad, no pide violar la Constitución; pide eficacia, no pide eliminar jueces; pide cooperación, no pide convertir al MP en juez de sus propias solicitudes.
La rapidez puede lograrse con jueces de turno, procedimientos digitales, plazos de horas, reserva de actuaciones y medidas urgentes. Lo que no se debe hacer es normalizar una cultura en la que el control judicial se vea como obstáculo y no como garantía.
La defensa de estas garantías no es una oposición a la ley. Al contrario, es la forma responsable de apoyarla.
La ley debe aprobarse. Guatemala la necesita, pero debe aprobarse con enmiendas que preserven el control judicial, limiten el acceso discrecional a información sensible y eviten crear bases de datos de altísimo riesgo sin resguardos suficientes.
Ese debate debe darse este lunes, antes de aprobarla, no después de que sus defectos se conviertan en munición para quienes quieren tumbarla.
Guatemala necesita una ley fuerte contra el lavado de dinero, pero no necesita una ley débil frente al abuso de poder.
Los padres fundadores de EE. UU. entendieron algo que toda república debe recordar cuando el miedo, la urgencia o la presión política empujan al Estado a pedir más poder: las libertades no se protegen solas. Las libertades protegen con límites; se protegen con jueces, y se protegen con instituciones diseñadas para desconfiar del abuso.
James Madison lo explicaba con una claridad que sigue vigente: primero hay que permitirle al gobierno controlar a los gobernados; pero luego hay que obligarlo a controlarse a sí mismo.
Esa es la esencia del constitucionalismo norteamericano, la convicción de que el poder, incluso cuando persigue fines legítimos, necesita límites.
Esa lección importa recordarla hoy en Guatemala.
Guatemala necesita una ley antilavado moderna y la necesita con urgencia. El narcotráfico, el contrabando, la corrupción y las estructuras criminales han avanzado demasiado en los últimos años. El país necesita herramientas reales para perseguir el dinero sucio, proteger el sistema financiero y cumplir con estándares internacionales.
Por eso, la discusión sobre la nueva ley contra el lavado de dinero no puede reducirse a una consigna simplona de “o se aprueba tal como está, o se está defendiendo al crimen organizado”. Esa es una falsa disyuntiva.
Precisamente porque la ley es necesaria, debe aprobarse bien.
Porque si se aprueba con debilidades constitucionales evidentes, quienes quieren destruirla tendrán el argumento servido; y no necesariamente la atacarán por amor a la Constitución. Muchos la atacarán porque no quieren ninguna ley. Porque no quieren controles y porque no quieren que Guatemala tenga instrumentos eficaces contra el lavado de dinero.
Por eso, corregir sus excesos no debilita la ley, sino que la blinda.
El punto delicado está en las facultades que se le están dando al Ministerio Público (MP) y en la forma en que podrían abrirse puertas de acceso a información privada sin suficiente control judicial. Una cosa es actuar rápido frente al crimen organizado y otra muy distinta es permitir que el poder investigador acceda a información sensible sin juez, sin controles efectivos o, al menos, sin una convalidación judicial seria.
La regla debería ser sencilla: si el Estado quiere entrar a la esfera privada de una persona, revisar documentos, obtener información patrimonial, acceder a datos societarios, congelar bienes o afectar derechos, debe intervenir un juez. Lo ideal es que esa autorización judicial sea previa. Y si existe una urgencia real, entonces, por lo menos, debe haber convalidación judicial inmediata, obligatoria y efectiva.
Esto no es un capricho garantista, es sentido común republicano. Las garantías constitucionales fueron diseñadas para proteger a los ciudadanos frente al abuso del poder.
Hoy, la herramienta puede presentarse como necesaria para combatir al narcotráfico. Mañana puede estar en manos de un fiscal con agenda política, ambición personal o intereses oscuros. Las leyes no se redactan pensando en el funcionario que hoy nos cae bien. Se redactan pensando en el peor funcionario que podría llegar mañana.
Guatemala ya vio lo que ocurre cuando el MP se convierte en poder político. Durante los últimos 16 años, las herramientas penales e investigativas fueron utilizadas en el MP para construir espectáculos, presionar a adversarios y condicionar la vida pública. Si eso ocurrió con las facultades existentes, imaginemos lo que puede pasar con facultades más amplias, menos controladas y sobre información mucho más sensible.
El caso del registro centralizado de accionistas es particularmente grave. Crear una base estatal con información de accionistas de sociedades mercantiles ya representa un riesgo enorme en un país donde la criminalidad no duerme. Si esa información cae en manos equivocadas, puede convertirse en un mapa de extorsión, secuestro, persecución política o presión económica. Y si, además, se permite que el MP tenga acceso directo o discrecional a esa información sin suficiente control judicial, el riesgo deja de ser hipotético.
Eso no tiene fundamento necesario en el modelo GAFI. GAFI exige transparencia, cooperación, acceso oportuno e identificación de beneficiarios finales, pero no exige un registro accionario generalizado expuesto a riesgos innecesarios. De hecho, los propios EE. UU. —ese país cuya tradición constitucional tanto admiramos— dieron marcha atrás respecto de los requisitos generalizados de reporte de beneficiario final para compañías estadounidenses y personas estadounidenses. Si ellos mismos han reconocido la carga y el riesgo de ese modelo para sus empresas domésticas, Guatemala no tiene por qué ser más papista que el papa.
Cumplir con GAFI no significa ir más allá de GAFI. GAFI pide celeridad, no pide violar la Constitución; pide eficacia, no pide eliminar jueces; pide cooperación, no pide convertir al MP en juez de sus propias solicitudes.
La rapidez puede lograrse con jueces de turno, procedimientos digitales, plazos de horas, reserva de actuaciones y medidas urgentes. Lo que no se debe hacer es normalizar una cultura en la que el control judicial se vea como obstáculo y no como garantía.
La defensa de estas garantías no es una oposición a la ley. Al contrario, es la forma responsable de apoyarla.
La ley debe aprobarse. Guatemala la necesita, pero debe aprobarse con enmiendas que preserven el control judicial, limiten el acceso discrecional a información sensible y eviten crear bases de datos de altísimo riesgo sin resguardos suficientes.
Ese debate debe darse este lunes, antes de aprobarla, no después de que sus defectos se conviertan en munición para quienes quieren tumbarla.
Guatemala necesita una ley fuerte contra el lavado de dinero, pero no necesita una ley débil frente al abuso de poder.
EL TIPO DE CAMBIO DE HOY ES DE: