Rafael Rodríguez, ministro de Trabajo, lamentó la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC), la cual dejó sin efecto el acuerdo ministerial que permitía a las empresas prorrogar el pago del Bono 14, debido a la crisis por la pandemia.
“Nunca” se pretendió que se dejará de pagar el Bono 14. Afirmó que es un derecho irrenunciable de los trabajadores, al contrario, dijo que se buscó garantizar el pago.
“Nunca nos referimos a que se dejaría de pagar el Bono 14. Lo único que se buscaba era dar viabilidad a una norma vigente, debido a que existían ciertas condiciones de no posibilidad económica por parte de las empresas “, declaró en conferencia de prensa.
“Somos respetuosos de las resoluciones de las Cortes, sin embargo, lamentamos esto porque a nuestro criterio impide aplicar los artículos de una normativa vigente”, señaló el ministro.
Detalles del Acuerdo
El acuerdo al que el Ministro hace referencia permitía a las empresas con dificultades de cancelar el Bono 14, prorrogar el desembolso hasta que contaran con los recursos suficientes.
Para lograr la autorización del Ministerio de Trabajo, las empresas debían presentar una declaración jurada para establecer la insolvencia derivada de la emergencia del coronavirus Covid-19.
“El acuerdo nunca significó que el trabajador iba dejar de recibir el pago. Simplemente lo que se pretendía era verificar si la empresa tenía la posibilidad económica de hacer el pago en ese momento”, ratificó el titular de Trabajo.
El funcionario aseguró que ahora se realizará la inspección en las empresas y se harán las prevenciones. “Y luego, sino se hizo el pago, se harán las sanciones correspondientes. Eso lo que procede según la ley”, concluyó.
El Bono 14
Es una prestación laboral aprobada en 1992 durante el gobierno de Jorge Serrano Elías. El pago se calcula del 1 de julio al 30 de junio del siguiente año.
Si el trabajador labora sin interrupción los doce meses, recibe un monto similar a un pago mensual. En caso contrario, el pago es proporcional al tiempo laborado.
El Bono 14 debe pagarse en la segunda quincena de julio.
Aparte de acuerdo para prorrogar el pago de la prestación, las autoridades señalaron que las empresas también podían obtener un crédito con tasa de interés preferencial y largos plazos de gracia para cumplir con la obligación.
El préstamo provendría del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, establecido para atender la emergencia causada por el coronavirus Covid-19.
Rafael Rodríguez, ministro de Trabajo, lamentó la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC), la cual dejó sin efecto el acuerdo ministerial que permitía a las empresas prorrogar el pago del Bono 14, debido a la crisis por la pandemia.
“Nunca” se pretendió que se dejará de pagar el Bono 14. Afirmó que es un derecho irrenunciable de los trabajadores, al contrario, dijo que se buscó garantizar el pago.
“Nunca nos referimos a que se dejaría de pagar el Bono 14. Lo único que se buscaba era dar viabilidad a una norma vigente, debido a que existían ciertas condiciones de no posibilidad económica por parte de las empresas “, declaró en conferencia de prensa.
“Somos respetuosos de las resoluciones de las Cortes, sin embargo, lamentamos esto porque a nuestro criterio impide aplicar los artículos de una normativa vigente”, señaló el ministro.
Detalles del Acuerdo
El acuerdo al que el Ministro hace referencia permitía a las empresas con dificultades de cancelar el Bono 14, prorrogar el desembolso hasta que contaran con los recursos suficientes.
Para lograr la autorización del Ministerio de Trabajo, las empresas debían presentar una declaración jurada para establecer la insolvencia derivada de la emergencia del coronavirus Covid-19.
“El acuerdo nunca significó que el trabajador iba dejar de recibir el pago. Simplemente lo que se pretendía era verificar si la empresa tenía la posibilidad económica de hacer el pago en ese momento”, ratificó el titular de Trabajo.
El funcionario aseguró que ahora se realizará la inspección en las empresas y se harán las prevenciones. “Y luego, sino se hizo el pago, se harán las sanciones correspondientes. Eso lo que procede según la ley”, concluyó.
El Bono 14
Es una prestación laboral aprobada en 1992 durante el gobierno de Jorge Serrano Elías. El pago se calcula del 1 de julio al 30 de junio del siguiente año.
Si el trabajador labora sin interrupción los doce meses, recibe un monto similar a un pago mensual. En caso contrario, el pago es proporcional al tiempo laborado.
El Bono 14 debe pagarse en la segunda quincena de julio.
Aparte de acuerdo para prorrogar el pago de la prestación, las autoridades señalaron que las empresas también podían obtener un crédito con tasa de interés preferencial y largos plazos de gracia para cumplir con la obligación.
El préstamo provendría del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, establecido para atender la emergencia causada por el coronavirus Covid-19.