La Corte de Constitucionalidad (CC), dejó sin efecto el acuerdo ministerial que permitía a las empresas prorrogar el pago del Bono 14.
Luego de recibir varias acciones legales, los magistrados de la Corte resolvieron suspender el Acuerdo 250-2020 del Ministerio de Trabajo.
La CC informó por medio de sus redes sociales que dejó en suspenso temporal el acuerdo al amparar a las entidades que presentaron los recursos legales.
El Ministerio de Trabajo estableció el acuerdo para permitir a las empresas imposibilitadas de cancelar el Bono 14, prorrogar el pago hasta que contaran con los recursos suficientes.
Para lograr la autorización del Ministerio de Trabajo, las empresas debían presentar una declaración jurada que estableciera la insolvencia derivada de la emergencia del coronavirus Covid-19.
A partir del 17 de marzo de 2020 fueron suspendidas las actividades del sector público y privado con el propósito de contener la propagación del virus.
Debido a ello, decenas de empresas cerraron y miles de empleos se perdieron. Los negocios formales que lograron abrir, reportan reducción de sus ventas hasta de un 80 por ciento.
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José Raúl González: No es posible vivir aislados y no hay dilema entre salud y economía
El Bono 14
Es una prestación laboral aprobada en 1992 durante el gobierno de Jorge Serrano Elías. El pago se calcula del 1 de julio al 30 de junio del siguiente año.
Si el trabajador labora sin interrupción los doce meses, recibe un monto similar a un pago mensual. En caso contrario, el pago es proporcional al tiempo laborado.
El Bono 14 debe pagarse en la segunda quincena de julio.
Aparte de acuerdo para prorrogar el pago de la prestación, las autoridades señalaron que las empresas también podían obtener un crédito con tasa de interés preferencial y largos plazos de gracia para cumplir con la obligación.
El préstamo provendría del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, establecido para atender la emergencia causada por el coronavirus Covid-19.
La Corte de Constitucionalidad (CC), dejó sin efecto el acuerdo ministerial que permitía a las empresas prorrogar el pago del Bono 14.
Luego de recibir varias acciones legales, los magistrados de la Corte resolvieron suspender el Acuerdo 250-2020 del Ministerio de Trabajo.
La CC informó por medio de sus redes sociales que dejó en suspenso temporal el acuerdo al amparar a las entidades que presentaron los recursos legales.
El Ministerio de Trabajo estableció el acuerdo para permitir a las empresas imposibilitadas de cancelar el Bono 14, prorrogar el pago hasta que contaran con los recursos suficientes.
Para lograr la autorización del Ministerio de Trabajo, las empresas debían presentar una declaración jurada que estableciera la insolvencia derivada de la emergencia del coronavirus Covid-19.
A partir del 17 de marzo de 2020 fueron suspendidas las actividades del sector público y privado con el propósito de contener la propagación del virus.
Debido a ello, decenas de empresas cerraron y miles de empleos se perdieron. Los negocios formales que lograron abrir, reportan reducción de sus ventas hasta de un 80 por ciento.
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El Bono 14
Es una prestación laboral aprobada en 1992 durante el gobierno de Jorge Serrano Elías. El pago se calcula del 1 de julio al 30 de junio del siguiente año.
Si el trabajador labora sin interrupción los doce meses, recibe un monto similar a un pago mensual. En caso contrario, el pago es proporcional al tiempo laborado.
El Bono 14 debe pagarse en la segunda quincena de julio.
Aparte de acuerdo para prorrogar el pago de la prestación, las autoridades señalaron que las empresas también podían obtener un crédito con tasa de interés preferencial y largos plazos de gracia para cumplir con la obligación.
El préstamo provendría del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, establecido para atender la emergencia causada por el coronavirus Covid-19.