Alcaldes de los 340 municipios deben entregar listados con los datos de vendedores de la economía informal para que reciban ayuda de Q1 mil, pero están tendiendo dificultades para elaborarlos.
Miguel Ovalle, presidente de la a Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM) aseguró que hay dificultades para obtener el número de celular de los vendedores ambulantes.
“No todas las municipalidades cuentan con el número de celular de los vendedores informales porque antes de Estado de Calamidad, ese dato era opcional al registrarse“, comentó Ovalle.
Según el presidente de la ANAM los listados se podrían elaborar en un día, pero obtener todos los números de celulares de los vendedores informales retrasará el proceso.
Walter Gómez, asesor de Comunicación Social del Ministerio de Desarrollo Social, informó que por el momento la municipalidad de Guatemala es la única que ha trasladado la información.
Agregó que esa ayudará estará vigente hasta que permanezca el Estado de Calamidad y es único pago que se realizará a los vendedores informales.
Beneficiarios
Los beneficiarios del programa “Intervención para la asistencia económica temporal para personas y familiares afectadas por Covid-19” recibirán el aporte a través del Ministerio de Desarrollo Social (Mides)
Pero únicamente lo recibirán los vendedores informales que pagan piso de plaza, cuota para transitar, un arbitrio o impuesto a la municipalidad.
Según Miguel Ovalle, presidente de la a Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM) los que no están inscritos en las municipalidades no podrán recibir dicha ayuda económica.
Revisión de los listados
El Presidente de Guatemala informó que son los alcaldes quienes deberán trasladar los listados correspondientes junto a una declaración jurada para que se pueda acreditar la ayuda económica.
El Mides es el encargado de revisar que los inscritos en los listados no pertenezcan a otros programas de ayuda. Es decir quién reciba esta ayuda no podrá recibir el Bono Familiar o el de Fondo de empleo.
Datos que deben estar en los listados
Según Miguel Ovalle, presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) la información que debe de registrarse en los listados son:
- Número de correlativo
- Número de celular
- Nombre completo del Comerciante
- Número de DPI
- Monto a pagar
- Dirección
- Zona
- Nombre del municipio
Aunque Walter Gómez, asesor de Comunicación Social del Ministerio de Desarrollo Social informó que el ministerio únicamente solicita estos datos:
- Nombre del comerciante
- Número de DPI
- Número de celular
Ovalle informó que las casas ediles pueden enviar de forma electrónica los listados al Ministerio de Desarrollo Social, o a la Anam para que ellos lo trasladen al Ministerio.
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Procedimiento
- Las Municipalidades deben contar con los listados oficiales de los comerciantes que pertenecen al sector informal.
- Cada alcalde deberá proporcionar una declaración jurada que incluye los nombres de las personas que están registradas como vendedores informales, Documento Personal de Identificación (DPI), y número de celular.
- Después del proceso anterior los listados son autorizados por el Mides y trasladados al banco Banrural para que se pueda realizar la acreditación.
- Los beneficiarios recibirán un código en su teléfono celular para que pueda realizar el retiro en un cajero automático.
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Alcaldes de los 340 municipios deben entregar listados con los datos de vendedores de la economía informal para que reciban ayuda de Q1 mil, pero están tendiendo dificultades para elaborarlos.
Miguel Ovalle, presidente de la a Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM) aseguró que hay dificultades para obtener el número de celular de los vendedores ambulantes.
“No todas las municipalidades cuentan con el número de celular de los vendedores informales porque antes de Estado de Calamidad, ese dato era opcional al registrarse“, comentó Ovalle.
Según el presidente de la ANAM los listados se podrían elaborar en un día, pero obtener todos los números de celulares de los vendedores informales retrasará el proceso.
Walter Gómez, asesor de Comunicación Social del Ministerio de Desarrollo Social, informó que por el momento la municipalidad de Guatemala es la única que ha trasladado la información.
Agregó que esa ayudará estará vigente hasta que permanezca el Estado de Calamidad y es único pago que se realizará a los vendedores informales.
Beneficiarios
Los beneficiarios del programa “Intervención para la asistencia económica temporal para personas y familiares afectadas por Covid-19” recibirán el aporte a través del Ministerio de Desarrollo Social (Mides)
Pero únicamente lo recibirán los vendedores informales que pagan piso de plaza, cuota para transitar, un arbitrio o impuesto a la municipalidad.
Según Miguel Ovalle, presidente de la a Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM) los que no están inscritos en las municipalidades no podrán recibir dicha ayuda económica.
Revisión de los listados
El Presidente de Guatemala informó que son los alcaldes quienes deberán trasladar los listados correspondientes junto a una declaración jurada para que se pueda acreditar la ayuda económica.
El Mides es el encargado de revisar que los inscritos en los listados no pertenezcan a otros programas de ayuda. Es decir quién reciba esta ayuda no podrá recibir el Bono Familiar o el de Fondo de empleo.
Datos que deben estar en los listados
Según Miguel Ovalle, presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) la información que debe de registrarse en los listados son:
- Número de correlativo
- Número de celular
- Nombre completo del Comerciante
- Número de DPI
- Monto a pagar
- Dirección
- Zona
- Nombre del municipio
Aunque Walter Gómez, asesor de Comunicación Social del Ministerio de Desarrollo Social informó que el ministerio únicamente solicita estos datos:
- Nombre del comerciante
- Número de DPI
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Ovalle informó que las casas ediles pueden enviar de forma electrónica los listados al Ministerio de Desarrollo Social, o a la Anam para que ellos lo trasladen al Ministerio.
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Procedimiento
- Las Municipalidades deben contar con los listados oficiales de los comerciantes que pertenecen al sector informal.
- Cada alcalde deberá proporcionar una declaración jurada que incluye los nombres de las personas que están registradas como vendedores informales, Documento Personal de Identificación (DPI), y número de celular.
- Después del proceso anterior los listados son autorizados por el Mides y trasladados al banco Banrural para que se pueda realizar la acreditación.
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