Solo 18 por ciento de los vehículos del parque vehicular de transporte de personas y de carga del área urbana, registrado en la Superintendencia de Administración Tributaria, cuentan con un seguro de responsabilidad civil.
En la actualidad son 72 mil 403 unidades de transporte del área urbana, las que ya cuentan con un seguro de responsabilidad civil, pero 414 mil 350 no cuenta con esta protección, según Christian Nolck, presidente de la Asociación Guatemalteca de Instituciones de Seguros (AGIS),
“De los 3 millones 769 mil 517 vehículos que circulan en Guatemala, el 82 por ciento debería contar con este seguro”, añadió el presidente de la Agis.
El 20 de marzo vence el plazo para que los medios de transporte urbano de pasajeros y de carga, adquieran un seguro que cubra a los pasajeros y a terceros, según el Acuerdo Gubernativo número 17-2020.
Que debe cubrir el seguro
La cobertura del seguro
Christian Nolck, explicó que la póliza debe cubrir la responsabilidad civil que se pueda causar por los daños de la carga que está siendo trasladada por un medio de transporte.
Por ejemplo, “si la carga del vehículo se cae, le hace daño a un vehículo que está transitando a un lado o a una persona, se cubren los daños que se hacen a esa persona o a la propiedad”.
Además, si un vehículo que transporta carga choca contra otro vehículo o una casa, se hará cargo de los gastos relacionados de los daños materiales.
Por otro lado, en un siniestro donde una persona fallece, es atropellada, tiene una situación de desmembramiento o es suspendida, el seguro tiene que indemnizar a las personas afectadas, así como a los tripulantes. Además de cobertura de limpieza por daños ambientales.
El vicepresidente de AGIS, Hermann Girón, recordó que la siniestralidad en accidentes de tránsito en Guatemala es una de la más altas.
Con la proyección con la puesta en vigencia del Decreto 17-2020, la actividad podría crecer en 20 por ciento, aseguró el ejecutivo de la entidad.
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“De los 3 millones 769 mil 517 vehículos que circulan en Guatemala, el 82 por ciento debería contar con este seguro”, añadió el presidente de la Agis.
El 20 de marzo vence el plazo para que los medios de transporte urbano de pasajeros y de carga, adquieran un seguro que cubra a los pasajeros y a terceros, según el Acuerdo Gubernativo número 17-2020.
Que debe cubrir el seguro
La cobertura del seguro
Christian Nolck, explicó que la póliza debe cubrir la responsabilidad civil que se pueda causar por los daños de la carga que está siendo trasladada por un medio de transporte.
Por ejemplo, “si la carga del vehículo se cae, le hace daño a un vehículo que está transitando a un lado o a una persona, se cubren los daños que se hacen a esa persona o a la propiedad”.
Además, si un vehículo que transporta carga choca contra otro vehículo o una casa, se hará cargo de los gastos relacionados de los daños materiales.
Por otro lado, en un siniestro donde una persona fallece, es atropellada, tiene una situación de desmembramiento o es suspendida, el seguro tiene que indemnizar a las personas afectadas, así como a los tripulantes. Además de cobertura de limpieza por daños ambientales.
El vicepresidente de AGIS, Hermann Girón, recordó que la siniestralidad en accidentes de tránsito en Guatemala es una de la más altas.
Con la proyección con la puesta en vigencia del Decreto 17-2020, la actividad podría crecer en 20 por ciento, aseguró el ejecutivo de la entidad.
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