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Congreso aprueba reformas a la SAT, y aclara aplicación de la ley

Allan Martinez
19 de julio, 2016

Con el voto de 107 diputados, el Congreso de la República dio vida al decreto 37-2016, Ley para el Fortalecimiento de la Transparencia Fiscal y la Gobernanza de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), y de esta manera se concede a la institución, con un proceso específico, poder accesar a las cuentas bancarias de los contribuyentes, siempre con orden de juez, pero con plazos cortos y también se estableció un período de cuatro años como obligación para conservar los registros contables.

También puedes leer: Debe o no la SAT acceder a información de las cuentas bancarias

Enmiendas de última hora

Una de las enmiendas aprobadas a última hora fue el numeral 17, del artículo 50, el cual dice: Toda solicitud de información que haga la SAT a los contribuyentes o terceros, con fines de fiscalización, deberá hacerla en el requerimiento de información que origina el proceso administrativo. Lo que se traduce en que la SAT deberá notificar primero al contribuyente y solicitarle información para hacer una investigación.

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También fue incluida la enmienda 75, en su inciso g, el cual recalca el artículo 15 de la Constitución de la República que se refiere a la retroactividad. “Los diputados pidieron que se reiterara en el artículo 75 en su inciso g,  que habla acerca de la ‘Irretroactividad de la ley. La ley no tiene efecto retroactivo, salvo en materia penal cuando favorezca al reo‘. Es algo que los diputados y contribuyentes solicitaban para sentirse más cómodos”, expresó el diputado de la UNE, Carlos Barreda.

También puedes leer: Congreso a pasa lento para aprobar reformas a ley de la SAT

Y también fue añadido el inciso F, el cual amplia el artículo constitucional: “El artículo 52 de este decreto no tendrá efectos retroactivos, en consecuencia, la Administración Tributaria podrá requerir y las entidades obligadas proporcionar, exclusivamente, información generada o relacionada con fechas y períodos de tiempo posteriores a su entrada en vigencia, siempre relacionadas con este artículo”.

Al cuestionar a Mario Taracena acerca de la “maniobra legal” para que SAT no investigue cuentas bancarias de años atrás, dijo que lo primero es que hay que respetar la Constitución. “Que se respete la Constitución. Yo soy constituyente. Es que no me pueden cuestionar, es incuestionable. No tiene discusión este artículo”, subrayó Taracena.

También puedes leer: SAT aprobación de reformas buscan su fortalecimiento ahora

La iniciativa fue presentada por el diputado del FCN, Adim Maldonado, quien expresó que primero se debe respetar la Constitución de la República. Al cuestionarle acerca de si se protege o no la impunidad, Maldonado dijo: “Creo que no. No se puede proteger la impunidad con un artículo de la Constitución“.

El superintendente Juan Francisco Solórzano Foppa, posteó en su cuenta de twitter que estaba complacido con la aprobación de las reformas de la SAT y que las pondrá en marcha cuanto antes.


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Congreso aprueba reformas a la SAT, y aclara aplicación de la ley

Allan Martinez
19 de julio, 2016

Con el voto de 107 diputados, el Congreso de la República dio vida al decreto 37-2016, Ley para el Fortalecimiento de la Transparencia Fiscal y la Gobernanza de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), y de esta manera se concede a la institución, con un proceso específico, poder accesar a las cuentas bancarias de los contribuyentes, siempre con orden de juez, pero con plazos cortos y también se estableció un período de cuatro años como obligación para conservar los registros contables.

También puedes leer: Debe o no la SAT acceder a información de las cuentas bancarias

Enmiendas de última hora

Una de las enmiendas aprobadas a última hora fue el numeral 17, del artículo 50, el cual dice: Toda solicitud de información que haga la SAT a los contribuyentes o terceros, con fines de fiscalización, deberá hacerla en el requerimiento de información que origina el proceso administrativo. Lo que se traduce en que la SAT deberá notificar primero al contribuyente y solicitarle información para hacer una investigación.

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También fue incluida la enmienda 75, en su inciso g, el cual recalca el artículo 15 de la Constitución de la República que se refiere a la retroactividad. “Los diputados pidieron que se reiterara en el artículo 75 en su inciso g,  que habla acerca de la ‘Irretroactividad de la ley. La ley no tiene efecto retroactivo, salvo en materia penal cuando favorezca al reo‘. Es algo que los diputados y contribuyentes solicitaban para sentirse más cómodos”, expresó el diputado de la UNE, Carlos Barreda.

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Y también fue añadido el inciso F, el cual amplia el artículo constitucional: “El artículo 52 de este decreto no tendrá efectos retroactivos, en consecuencia, la Administración Tributaria podrá requerir y las entidades obligadas proporcionar, exclusivamente, información generada o relacionada con fechas y períodos de tiempo posteriores a su entrada en vigencia, siempre relacionadas con este artículo”.

Al cuestionar a Mario Taracena acerca de la “maniobra legal” para que SAT no investigue cuentas bancarias de años atrás, dijo que lo primero es que hay que respetar la Constitución. “Que se respete la Constitución. Yo soy constituyente. Es que no me pueden cuestionar, es incuestionable. No tiene discusión este artículo”, subrayó Taracena.

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La iniciativa fue presentada por el diputado del FCN, Adim Maldonado, quien expresó que primero se debe respetar la Constitución de la República. Al cuestionarle acerca de si se protege o no la impunidad, Maldonado dijo: “Creo que no. No se puede proteger la impunidad con un artículo de la Constitución“.

El superintendente Juan Francisco Solórzano Foppa, posteó en su cuenta de twitter que estaba complacido con la aprobación de las reformas de la SAT y que las pondrá en marcha cuanto antes.


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