Los salarios diferenciados serían fijados para las actividades de la industria de manufactura ligera en los municipios de Masagua, Escuintla, Guastatoya y San Agustín Acasaguastlán en el Progreso y Estanzuela en el departamento de Zacapa.
Según el acuerdo, los Salarios Mínimos no son acordes a los principios, derechos y garantías sociales que nuestra Constitución Política de la República de Guatemala garantiza, siendo necesario dictar la disposición legal correspondiente, expresa.
Dicho salario ascendía a Q1 mil 954.95 fue aprobado por el presidente Alejandro Maldonado el 31 de diciembre recién pasado para impulsar en las localidades como referentes de la industria ligera, sin embargo el 7 de enero fueron dejados en suspenso por la Corte de Constitucionalidad.
Luego de su aprobación varias organizaciones como la Procuraduría de los Derechos Humanos, la Procuraduría General de la Nación, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y sociedad consideraron que dicha ley era una violación a los derechos humanos laborales.
El acuerdo está firmado por el presidente Jimmy Morales, la ministra de Trabajo, Aurora Leticia Teleguario Sincal y Carlos Martínez, secretario general de la Presidencia. Los salarios tuvieron misma suerte el 9 de septiembre del 2015 cuando la Corte de Constitucionalidad rechazó su vigencia.
Los salarios diferenciados buscaban incentivar el desarrollo de la industria manufacturera liviana en esos municipios sin embargo la Corte los declaró inconstitucionales porque violan el derecho al ingreso mínimo vital.
Los salarios diferenciados serían fijados para las actividades de la industria de manufactura ligera en los municipios de Masagua, Escuintla, Guastatoya y San Agustín Acasaguastlán en el Progreso y Estanzuela en el departamento de Zacapa.
Según el acuerdo, los Salarios Mínimos no son acordes a los principios, derechos y garantías sociales que nuestra Constitución Política de la República de Guatemala garantiza, siendo necesario dictar la disposición legal correspondiente, expresa.
Dicho salario ascendía a Q1 mil 954.95 fue aprobado por el presidente Alejandro Maldonado el 31 de diciembre recién pasado para impulsar en las localidades como referentes de la industria ligera, sin embargo el 7 de enero fueron dejados en suspenso por la Corte de Constitucionalidad.
Luego de su aprobación varias organizaciones como la Procuraduría de los Derechos Humanos, la Procuraduría General de la Nación, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y sociedad consideraron que dicha ley era una violación a los derechos humanos laborales.
El acuerdo está firmado por el presidente Jimmy Morales, la ministra de Trabajo, Aurora Leticia Teleguario Sincal y Carlos Martínez, secretario general de la Presidencia. Los salarios tuvieron misma suerte el 9 de septiembre del 2015 cuando la Corte de Constitucionalidad rechazó su vigencia.
Los salarios diferenciados buscaban incentivar el desarrollo de la industria manufacturera liviana en esos municipios sin embargo la Corte los declaró inconstitucionales porque violan el derecho al ingreso mínimo vital.