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Salario mínimo diferenciado queda sin efecto

Redacción República
09 de septiembre, 2015

Según trascendió la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró con lugar la acción de inconstitucionalidad promovida por el Procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jorge de León Duque. Por esa razón quedaron derogados los salarios diferenciados aprobados en 2014 que pretendían reducir el pago mínimo a montos de entre Q800 y Q1,500 mensuales.

Estaban dirigidos para ser pagados en los municipios de San Agustín Acasaguastlán y Guastatoya, El Progreso; Estanzuela, Zacapa; y Masagua, Escuintla.

Quienes impulsan esta propuesta quieren incentivar la inversión en ciertas regiones del país, especialmente la que está relacionada con la industria de manufactura liviana. Sin embargo desde que surgió ha tenido detractores que consideran que la disposición sería inconstitucional porque violan el derecho al ingreso mínimo vital.

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La CC estableció además, que “pese a que sean dos personas las que aporten dentro de un hogar con ese régimen no podrían llegar a cubrir el costo de vida para una familia”. Es de recordar que la Canasta Básica Alimentaria (CBA) en agosto 2015 registró un costo de adquisición de Q3,420.90, mientras que la Canasta Básica Vital o ampliada (CBV) de Q6,242.52. Ambos cálculos son para una familia de cinco miembros.

Sin embargo, por otro lado hay que acotar que en las regiones mencionadas no hay fuentes de trabajo y quienes tienen un ingreso reportan que es de entre Q600 y Q800.

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Salario mínimo diferenciado queda sin efecto

Redacción República
09 de septiembre, 2015

Según trascendió la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró con lugar la acción de inconstitucionalidad promovida por el Procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jorge de León Duque. Por esa razón quedaron derogados los salarios diferenciados aprobados en 2014 que pretendían reducir el pago mínimo a montos de entre Q800 y Q1,500 mensuales.

Estaban dirigidos para ser pagados en los municipios de San Agustín Acasaguastlán y Guastatoya, El Progreso; Estanzuela, Zacapa; y Masagua, Escuintla.

Quienes impulsan esta propuesta quieren incentivar la inversión en ciertas regiones del país, especialmente la que está relacionada con la industria de manufactura liviana. Sin embargo desde que surgió ha tenido detractores que consideran que la disposición sería inconstitucional porque violan el derecho al ingreso mínimo vital.

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La CC estableció además, que “pese a que sean dos personas las que aporten dentro de un hogar con ese régimen no podrían llegar a cubrir el costo de vida para una familia”. Es de recordar que la Canasta Básica Alimentaria (CBA) en agosto 2015 registró un costo de adquisición de Q3,420.90, mientras que la Canasta Básica Vital o ampliada (CBV) de Q6,242.52. Ambos cálculos son para una familia de cinco miembros.

Sin embargo, por otro lado hay que acotar que en las regiones mencionadas no hay fuentes de trabajo y quienes tienen un ingreso reportan que es de entre Q600 y Q800.

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