Según informó el Ministerio de Economía (Mineco), el árbitro Ricardo Ramírez-Hernández de la Organización del Comercio (OMC) falló a favor de Guatemala en la disputa comercial con Perú. Su conclusión fue que el plazo para que Perú atienda las recomendaciones y resoluciones del Órgano de Solución de Diferencias (OSD), en medidas de importación de productos agropecuarios, sea de 7 meses y 29 días.
Este plazo es más próximo a los 5 meses propuestos por Guatemala, en contraste a los 19 meses argumentados por Perú.
El 31 de julio de 2015 el OSD informó a Perú que debía retirar la medida comercial a las importaciones de estos productos. Sin embargo, aunque Perú manifestó su intención de implementar las recomendaciones y resoluciones del OSD, indicó que necesitaría un plazo prudencial para efectuarlo.
Debido a que Guatemala y Perú no lograron un acuerdo, solicitaron un árbitro para determinar el plazo. Así se designó a Ramírez-Hernández para conocer el caso. Posteriormente fallaría a favor de Guatemala y fijaría la fecha de expiración del periodo prudencial el 29 de marzo de 2016.
En caso de que Perú no se adecue a los acuerdos de la OMC, Guatemala podría solicitar al OSD la suspensión de concesiones que el país le brinda a Perú en productos agropecuarios, a manera de equiparar la medida peruana no compatible con la OMC.
La Viceministra de Integración y Comercio Exterior, María Luisa Flores, manifestó satisfacción con la decisión del árbitro. “Tenemos confianza en que Perú cumplirá con sus obligaciones internacionales dentro del plazo razonable estipulado en el laudo arbitral”, comentó Flores.
Según informó el Ministerio de Economía (Mineco), el árbitro Ricardo Ramírez-Hernández de la Organización del Comercio (OMC) falló a favor de Guatemala en la disputa comercial con Perú. Su conclusión fue que el plazo para que Perú atienda las recomendaciones y resoluciones del Órgano de Solución de Diferencias (OSD), en medidas de importación de productos agropecuarios, sea de 7 meses y 29 días.
Este plazo es más próximo a los 5 meses propuestos por Guatemala, en contraste a los 19 meses argumentados por Perú.
El 31 de julio de 2015 el OSD informó a Perú que debía retirar la medida comercial a las importaciones de estos productos. Sin embargo, aunque Perú manifestó su intención de implementar las recomendaciones y resoluciones del OSD, indicó que necesitaría un plazo prudencial para efectuarlo.
Debido a que Guatemala y Perú no lograron un acuerdo, solicitaron un árbitro para determinar el plazo. Así se designó a Ramírez-Hernández para conocer el caso. Posteriormente fallaría a favor de Guatemala y fijaría la fecha de expiración del periodo prudencial el 29 de marzo de 2016.
En caso de que Perú no se adecue a los acuerdos de la OMC, Guatemala podría solicitar al OSD la suspensión de concesiones que el país le brinda a Perú en productos agropecuarios, a manera de equiparar la medida peruana no compatible con la OMC.
La Viceministra de Integración y Comercio Exterior, María Luisa Flores, manifestó satisfacción con la decisión del árbitro. “Tenemos confianza en que Perú cumplirá con sus obligaciones internacionales dentro del plazo razonable estipulado en el laudo arbitral”, comentó Flores.