La prisión inventada
Una infamia más del sistema corrupto que la CICIG no cambió sino aprovechó.
Corría el año 2015. El año del furor de la persecución penal en contra de funcionarios y particulares involucrados en una serie de estructuras criminales a cual más desarrollada y truculenta; aquello se dio en el marco de los “mega casos” tramitados en los Juzgados de Mayor Riesgo y bajo el liderazgo de la poderosa Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, la temida CICIG.
Oportuno es recordar que la CICIG se instaló en el país luego de que los índices de impunidad hicieran que se solicitase a las Naciones Unidas -un poco a la fuerza- que nos mandasen a un comisionado para desarticular estructuras ilegales enquistadas en el aparato estatal (cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos de seguridad, decía el acuerdo de creación). Se esperaba que dada la condición de autonomía e independencia de la Comisión, ésta aplicase las mejores prácticas jurídicas y judiciales; que no estuviese contagiada del virus de la manipulación del que ya todos o casi todos los operadores de justicia chapines habían sido infectados.
Luego de dos comisionados que pasaron sin pena ni gloria, el tercero, Iván Velásquez, parecía no querer correr la misma suerte. Así, se judicializa el caso que destapa la olla de grillos: La Línea. No ahondaré en los detalles, porque es de todos conocido de qué se trató, pero sí vale la pena destacar que era el primer “mega caso”, es decir, el primer caso en el que de un solo se procesaba a tantos implicados. Todo muy bien con ello, pero resulta que nuestro sistema de justicia -legislación e infraestructura judicial- no estaban preparados para ello. Entonces sucede lo inevitable: que al ser capturados un montón de un solo, la audiencia de primera declaración (interrogatorio judicial, dice la Constitución) no puede ser llevada a cabo dentro de las 24 horas siguientes a la detención. Ello se da, insisto, por la poca infraestructura judicial -jueces e instalaciones- destinadas para atender casos colectivos. De esa cuenta y para no soltar a los recién capturados, un juez salta al estrellato y utilizando un término ambiguo que no está en la legislación penal vigente, en tanto logra llevar a cabo ese interrogatorio o primera declaración, manda a los capturados a prisión provisional. El Juez Miguel Ángel Gálvez, así, detiene ilegalmente a ese montón de capturados pues no les impone prisión preventiva -término que utilizan las leyes penales sustantiva y adjetiva- y usa un término ambiguo e inexistente. Así, se inventa una prisión nueva; no la preventiva que se luego de la primera declaración y en tanto el MP presenta acusación formal (3 meses, dice el Código Procesal Penal) y por supuesto tampoco pena de prisión, aquella que es dictada luego de un debate y la emisión de sentencia condenatoria.
Digo que el término usado por Gálvez es ambiguo porque la Constitución contiene ese término, prisión provisional, pero refiriéndose a la prisión preventiva; en el año 85 aquel era el término usado en la legislación aplicable.
Entonces, ante la ineficiencia del sistema, ante las carencias y las imposibilidades materiales, se prefirió “privilegiar” la persecución penal, a la defensa y garantía de los derechos fundamentales de las personas. Vale decir que eso no era nuevo, era algo que venía pasando desde tiempo atrás, pero lo que sí ocurre en ese 2015 es que un juez de Mayor Riesgo, en un proceso liderado por la CICIG, esa que debiese haber traído las mejores prácticas jurídicas y judiciales, no solo opera bajo el sistema cochino que teníamos, sino que lo utiliza para su beneficio.
Desde siempre, pero sobre todo a partir de los “mega casos”, la prisión provisional pasa a ser una detención ilegal, pues no constituye prisión preventiva, ni la pena de prisión, las únicas dos posibilidades contempladas en la legislación. Digo y repito, ocurrió antes también, pero es imperdonable que bajo el régimen de “los mejores jueces” y de la CICIG, esa violación a las garantías fundamentales no solo continuase, sino que fue de uso cotidiano.
El tema de la prisión provisional vuelve a la palestra luego de que hace un par de días se realizaron operativos -allanamientos y capturas- dentro de un nuevo caso de corrupción que involucra al ex ministro de Energía y Minas y a varios ex funcionarios de entonces. Lo que llama la atención en particular, es que dentro de los capturados está un integrante del Consejo Directivo del INDE, representante del sector privado que, contrario a otros capturados, votó en dos ocasiones EN CONTRA del negocio que se reputa corrupto. No uno, sino dos votos en contra que constan en sendas actas. La razón -si es estupidez o maldad- por la cual el MP lo incluye en los supuestos responsables es un misterio, pues encima se le imputa el delito de abuso de autoridad que muy difícilmente encuadra.
Así y mientras se realiza la audiencia de primera declaración fijada para el 22 de este mes -que difícilmente terminará antes de las navidades y año nuevo- una persona opuesta al negocio aprobado por otros, pasará esas fechas en una prisión inventada e ilegal, pasará en prisión provisional las fiestas. Una infamia más del sistema corrupto que la CICIG no cambió sino aprovechó.
Desde el 2019 que la CICIG ya no está en Guatemala, así que el reproche de por qué la traigo a colación en este caso podría ser atendible; ya lo dije arriba, esa Comisión no solo no rectificó esas prácticas atávicas del corrupto sistema chapín, sino que se aprovechó de ellas y las usó como moneda de curso legal. Refiriéndose al proceder de esa Comisión, pero en particular de ese último Comisionado, un amigo y brillante abogado me dijo: “es que de Al Capone uno espera que corrompa, que manipule y que retuerza las leyes, pero uno no espera que haga lo mismo Eliot Ness”. Pan para nuestro matate
La prisión inventada
Una infamia más del sistema corrupto que la CICIG no cambió sino aprovechó.
Corría el año 2015. El año del furor de la persecución penal en contra de funcionarios y particulares involucrados en una serie de estructuras criminales a cual más desarrollada y truculenta; aquello se dio en el marco de los “mega casos” tramitados en los Juzgados de Mayor Riesgo y bajo el liderazgo de la poderosa Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, la temida CICIG.
Oportuno es recordar que la CICIG se instaló en el país luego de que los índices de impunidad hicieran que se solicitase a las Naciones Unidas -un poco a la fuerza- que nos mandasen a un comisionado para desarticular estructuras ilegales enquistadas en el aparato estatal (cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos de seguridad, decía el acuerdo de creación). Se esperaba que dada la condición de autonomía e independencia de la Comisión, ésta aplicase las mejores prácticas jurídicas y judiciales; que no estuviese contagiada del virus de la manipulación del que ya todos o casi todos los operadores de justicia chapines habían sido infectados.
Luego de dos comisionados que pasaron sin pena ni gloria, el tercero, Iván Velásquez, parecía no querer correr la misma suerte. Así, se judicializa el caso que destapa la olla de grillos: La Línea. No ahondaré en los detalles, porque es de todos conocido de qué se trató, pero sí vale la pena destacar que era el primer “mega caso”, es decir, el primer caso en el que de un solo se procesaba a tantos implicados. Todo muy bien con ello, pero resulta que nuestro sistema de justicia -legislación e infraestructura judicial- no estaban preparados para ello. Entonces sucede lo inevitable: que al ser capturados un montón de un solo, la audiencia de primera declaración (interrogatorio judicial, dice la Constitución) no puede ser llevada a cabo dentro de las 24 horas siguientes a la detención. Ello se da, insisto, por la poca infraestructura judicial -jueces e instalaciones- destinadas para atender casos colectivos. De esa cuenta y para no soltar a los recién capturados, un juez salta al estrellato y utilizando un término ambiguo que no está en la legislación penal vigente, en tanto logra llevar a cabo ese interrogatorio o primera declaración, manda a los capturados a prisión provisional. El Juez Miguel Ángel Gálvez, así, detiene ilegalmente a ese montón de capturados pues no les impone prisión preventiva -término que utilizan las leyes penales sustantiva y adjetiva- y usa un término ambiguo e inexistente. Así, se inventa una prisión nueva; no la preventiva que se luego de la primera declaración y en tanto el MP presenta acusación formal (3 meses, dice el Código Procesal Penal) y por supuesto tampoco pena de prisión, aquella que es dictada luego de un debate y la emisión de sentencia condenatoria.
Digo que el término usado por Gálvez es ambiguo porque la Constitución contiene ese término, prisión provisional, pero refiriéndose a la prisión preventiva; en el año 85 aquel era el término usado en la legislación aplicable.
Entonces, ante la ineficiencia del sistema, ante las carencias y las imposibilidades materiales, se prefirió “privilegiar” la persecución penal, a la defensa y garantía de los derechos fundamentales de las personas. Vale decir que eso no era nuevo, era algo que venía pasando desde tiempo atrás, pero lo que sí ocurre en ese 2015 es que un juez de Mayor Riesgo, en un proceso liderado por la CICIG, esa que debiese haber traído las mejores prácticas jurídicas y judiciales, no solo opera bajo el sistema cochino que teníamos, sino que lo utiliza para su beneficio.
Desde siempre, pero sobre todo a partir de los “mega casos”, la prisión provisional pasa a ser una detención ilegal, pues no constituye prisión preventiva, ni la pena de prisión, las únicas dos posibilidades contempladas en la legislación. Digo y repito, ocurrió antes también, pero es imperdonable que bajo el régimen de “los mejores jueces” y de la CICIG, esa violación a las garantías fundamentales no solo continuase, sino que fue de uso cotidiano.
El tema de la prisión provisional vuelve a la palestra luego de que hace un par de días se realizaron operativos -allanamientos y capturas- dentro de un nuevo caso de corrupción que involucra al ex ministro de Energía y Minas y a varios ex funcionarios de entonces. Lo que llama la atención en particular, es que dentro de los capturados está un integrante del Consejo Directivo del INDE, representante del sector privado que, contrario a otros capturados, votó en dos ocasiones EN CONTRA del negocio que se reputa corrupto. No uno, sino dos votos en contra que constan en sendas actas. La razón -si es estupidez o maldad- por la cual el MP lo incluye en los supuestos responsables es un misterio, pues encima se le imputa el delito de abuso de autoridad que muy difícilmente encuadra.
Así y mientras se realiza la audiencia de primera declaración fijada para el 22 de este mes -que difícilmente terminará antes de las navidades y año nuevo- una persona opuesta al negocio aprobado por otros, pasará esas fechas en una prisión inventada e ilegal, pasará en prisión provisional las fiestas. Una infamia más del sistema corrupto que la CICIG no cambió sino aprovechó.
Desde el 2019 que la CICIG ya no está en Guatemala, así que el reproche de por qué la traigo a colación en este caso podría ser atendible; ya lo dije arriba, esa Comisión no solo no rectificó esas prácticas atávicas del corrupto sistema chapín, sino que se aprovechó de ellas y las usó como moneda de curso legal. Refiriéndose al proceder de esa Comisión, pero en particular de ese último Comisionado, un amigo y brillante abogado me dijo: “es que de Al Capone uno espera que corrompa, que manipule y que retuerza las leyes, pero uno no espera que haga lo mismo Eliot Ness”. Pan para nuestro matate