El nuevo marco comercial entre EE. UU. y Guatemala: un primer análisis de los compromisos y las reversiones arancelarias
El 13 de noviembre muchos nos encontrábamos pendientes del juego de fútbol que se jugaría por la noche. En medio de la ansiedad y las expectativas por el resultado, se publicó por los gobiernos de los Estados Unidos de América y Guatemala la “Declaración Conjunta sobre el Marco para el Acuerdo de Comercio Recíproco entre Estados Unidos y Guatemala”.
Me resultó una grata sorpresa leer la declaración y reconozco el resultado obtenido por las autoridades y las comisiones empresariales que acompañaron las negociaciones.
Ahora toca, con ponderación, analizar los anuncios efectuados.
I. Un nuevo modelo de “compromiso para el alivio” en la política comercial estadounidense
El 13 de noviembre de 2025, Estados Unidos y Guatemala anunciaron un nuevo "Marco para un Acuerdo de Comercio Recíproco". El 14 de noviembre de 2025, una orden ejecutiva estadounidense modificó su régimen arancelario global, una medida que, según confirmó el Ministerio de Economía (MINECO), otorgaría acceso con "arancel cero" a una amplia gama de productos agrícolas guatemaltecos que anteriormente estaban sujetos a aranceles punitivos.
Esta secuencia de eventos es significativa y marca una clara ruptura con las negociaciones comerciales tradicionales. El 13 de noviembre, Estados Unidos obtuvo y anunció públicamente una lista exhaustiva de los compromisos vinculantes de Guatemala. Solo después de que estas concesiones se hicieran públicas, el 14 de noviembre, Estados Unidos cumplió con su contrapartida: la eliminación de los aranceles recíprocos. Este modelo de «compromiso primero, alivio después» demuestra un nuevo enfoque transaccional en la política comercial estadounidense.
Si bien la Declaración Conjunta señala que este acuerdo se basa en el Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (CAFTA-DR), su estructura fundamental es diferente. El CAFTA-DR fue un tratado negociado multilateralmente para el acceso recíproco y vinculante a los mercados, cuya elaboración tomó años. Este nuevo marco es el resultado de una medida unilateral de Estados Unidos. Primero, Estados Unidos impuso una medida punitiva —un arancel recíproco generalizado— y ahora ofrece un incentivo condicional —la eliminación de dicho arancel— a cambio de una lista de deseos en materia de política comercial estadounidense.
Este modelo transaccional se confirma en declaraciones del gobierno estadounidense: «Dado el compromiso de Guatemala de adoptar medidas significativas para impulsar una relación comercial más sólida y recíproca, Estados Unidos eliminará los aranceles recíprocos...». Este marco, por lo tanto, constituye un nuevo modelo para las relaciones económicas de Estados Unidos, utilizando la exención condicionada de aranceles unilaterales como herramienta para lograr una alineación específica en materia legal, regulatoria y geopolítica con sus socios comerciales.
II. La base de la política: Deconstruyendo el régimen de “aranceles recíprocos” de 2025 (El “palo”)
Para comprender la importancia económica de la eliminación de aranceles, es fundamental analizar primero la carga arancelaria que suprime. Los aranceles recíprocos fueron una medida integral anunciada por Estados Unidos el 2 de abril de 2025. El instrumento legal formal fue la Orden Ejecutiva 14257, titulada «Regulación de las importaciones con un arancel recíproco para corregir las prácticas comerciales que contribuyen a déficits comerciales anuales de bienes de Estados Unidos, grandes y persistentes».
La base legal de esta política es novedosa y controvertida. No se trataba de una medida comercial estándar contemplada en la Ley de Comercio de 1974. En cambio, la administración estadounidense declaró una "emergencia nacional" en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, 50 USC 1701), vinculando los persistentes déficits comerciales con una amenaza contra la seguridad nacional y la economía de Estados Unidos.
La Orden Ejecutiva 14257, firmada el 2 de abril de 2025, impuso un arancel base ad valorem del 10 % a las importaciones procedentes de casi todos los países, incluyendo Guatemala, con entrada en vigor el 5 de abril de 2025. Este arancel del 10 % se aplicó adicionalmente a los aranceles existentes, anulando de facto los beneficios de tratados de libre comercio como el CAFTA-DR para muchos productos.
Este contexto es crucial: el “arancel cero” que celebra el MINECO no representa una nueva preferencia ni un nuevo acceso a los mercados. Se trata de una vuelta al estatus de Nación Más Favorecida (NMF) o al statu quo del CAFTA-DR vigente antes del 5 de abril de 2025. Los informes guatemaltecos que celebran que “más del 70 % de nuestras exportaciones entrarán con arancel cero” conmemoran la eliminación de este impuesto punitivo del 10 %, no la creación de un nuevo beneficio.
III. El "Quid" de Guatemala: Un análisis técnico de los compromisos del marco
A cambio de esta reducción arancelaria, Guatemala ha aceptado una lista exhaustiva y jurídicamente significativa de reformas internas y alineamientos políticos. Estos compromisos, detallados en la Declaración Conjunta de la Casa Blanca, representan la contrapartida del acuerdo con Estados Unidos y abarcan prácticamente todos los aspectos de la economía guatemalteca.
1. Barreras no arancelarias (BNA) y simplificación regulatoria
Guatemala se ha comprometido a abordar una amplia gama de barreras no arancelarias que afectan a las exportaciones estadounidenses. Esto incluye la simplificación de los requisitos regulatorios y las aprobaciones para los productos farmacéuticos y dispositivos médicos estadounidenses, la eliminación de las restricciones a la importación de productos remanufacturados y la aceptación formal de las normas estadounidenses para la industria automotriz.
Además, Guatemala simplificará sus requisitos de certificado de libre venta mediante la aceptación de certificados electrónicos y la eliminación del requisito de apostilla, lo que reducirá la burocracia para los exportadores estadounidenses.
2. Acceso al mercado agrícola
Más allá de sus propias exportaciones, Guatemala ha hecho concesiones en materia de importaciones agrícolas estadounidenses. Se ha comprometido a mantener marcos regulatorios basados en la ciencia y el riesgo, y a prevenir barreras a los productos estadounidenses. Una concesión clave es el compromiso de brindar "transparencia y equidad en materia de indicaciones geográficas ", garantizando específicamente que el acceso al mercado no se restrinja "por el mero uso de ciertos términos para quesos y carnes". Esto representa una respuesta directa a los esfuerzos de la Unión Europea por proteger las indicaciones geográficas de sus productos alimenticios.
3. Protección de la Propiedad Intelectual (PI)
Guatemala se ha comprometido a establecer un "estándar sólido para la protección y el cumplimiento de la propiedad intelectual". Esto incluye la plena implementación de ciertos tratados internacionales sobre propiedad intelectual. Lo más importante es que Guatemala se ha comprometido a "tomar medidas para resolver muchos problemas de larga data relacionados con la propiedad intelectual, identificados en el Informe Especial 301 de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos ". Este compromiso eleva de facto el informe interno anual unilateral de la USTR al nivel de una hoja de ruta de cumplimiento acordada bilateralmente, otorgando a Estados Unidos una nueva y poderosa herramienta de aplicación de la ley.
4. Comercio y servicios digitales
En un importante triunfo estratégico para la política estadounidense, Guatemala ha acordado facilitar el comercio digital mediante:
- Abstenerse de imponer impuestos sobre servicios digitales (ISD) u otras medidas discriminatorias contra los servicios digitales estadounidenses.
- Garantizar la libre transferencia de datos a través de fronteras seguras.
- Apoyar una moratoria multilateral permanente sobre los derechos de aduana aplicables a las transmisiones electrónicas en la OMC.
Este compromiso constituye un precedente clave que Estados Unidos puede aprovechar en su campaña global contra la adopción de sistemas de transferencia de valores por parte de otras economías más grandes.
5. Derechos laborales
Guatemala se ha comprometido a proteger los derechos laborales reconocidos internacionalmente. Esto incluye el compromiso específico de prohibir la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio y de fortalecer las leyes laborales nacionales y su aplicación.
6. Protección del medio ambiente
El marco incluye amplios compromisos ambientales. Guatemala debe adoptar y mantener altos niveles de protección ambiental y aplicar eficazmente su legislación ambiental. Esto incluye medidas específicas para mejorar la gobernanza del sector forestal, combatir la tala ilegal, fortalecer la aplicación de las medidas pesqueras, combatir el comercio ilegal de vida silvestre y la minería ilegal, e implementar plenamente el Acuerdo de la OMC sobre Subvenciones a la Pesca.
7. Cuestiones sistémicas y de seguridad nacional
Esta sección contiene los compromisos más significativos desde el punto de vista geopolítico. Guatemala se ha comprometido a abordar las "posibles acciones distorsionadoras de las empresas estatales" y los subsidios industriales que afectan al comercio bilateral.
Además, se ha comprometido a fortalecer la "cooperación en materia de seguridad económica y nacional", incluyendo la prevención del lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo, el tráfico de drogas, personas y armas entre otros, para abordar las "políticas no de mercado de otros países" y a cooperar en materia de seguridad de las inversiones y controles de exportación.
El compromiso más directo y transparente es la promesa de «adoptar medidas para restringir el acceso a las adquisiciones a nivel central, cubiertas por los compromisos del tratado de libre comercio, a proveedores de países que no son socios del tratado». Esta formulación, junto con las cláusulas sobre empresas estatales, subsidios industriales y «políticas no de mercado», constituye un mecanismo claro y directo para contrarrestar la influencia económica de China en Guatemala, en particular la incidencia política y las ventas de productos y servicios de la marca Huawei y otras de procedencia china. Esto transforma el tratado, de un simple marco comercial, en una herramienta de alineación geopolítica y de «apoyo a los aliados».
IV. El «Quo» estadounidense: Anatomía de la reversión arancelaria
La concesión de Estados Unidos —la eliminación de los “aranceles recíprocos” de la Orden Ejecutiva 14257— se entrega en dos categorías distintas, según lo define la Declaración Conjunta y las hojas informativas estadounidenses de apoyo.
Categoría 1: Ayuda agrícola y de productos basada en el principio de nación más favorecida
La primera categoría de alivio se aplica a "ciertas exportaciones que cumplen con los requisitos y que no pueden cultivarse, extraerse ni producirse naturalmente en los Estados Unidos en cantidades suficientes". Este alivio se detalla en el comunicado de prensa del MINECO y en el anexo técnico.
El mecanismo para esta exención fue la Orden Ejecutiva del 14 de noviembre de 2025, titulada «Modificación del alcance del arancel recíproco con respecto a ciertos productos agrícolas». Esta orden trasladó estos productos específicos al «Anexo II» de la Orden Ejecutiva original 14257, que es la lista de bienes exentos del arancel recíproco.
El comunicado de prensa del MINECO señala correctamente que esta medida tiene alcance global. Esto se ve corroborado por informes de prensa estadounidenses que indican que productos como la carne de res, el café y el banano fueron eximidos de manera general, no solo para Guatemala, en parte para abordar las preocupaciones sobre el costo de vida en Estados Unidos. Por lo tanto, el sector agrícola de Guatemala se beneficia como parte de una modificación más amplia de la política estadounidense, no de una excepción bilateral exclusiva.
(https://www.wsj.com/economy/trade/trump-implements-major-rollback-of-food-tariffs-f575c75d?mod=economy_lead_pos5 / https://www.axios.com/2025/11/14/trump-tariffs-food-groceries )
Categoría 2: Alivio para el sector textil y de la confección basado en acuerdos de libre comercio
La segunda categoría de alivio es la verdadera concesión bilateral. Estados Unidos se comprometió a eliminar los aranceles recíprocos a "ciertos productos, como textiles y prendas de vestir, originarios del CAFTA-DR".
El arancel recíproco del 10 % establecido en la Orden Ejecutiva 14257 se había aplicado sobre las tasas vigentes del TLC, anulando de facto el beneficio de arancel cero del que gozaban los textiles y prendas de vestir guatemaltecos que cumplían los requisitos del CAFTA-DR. Este nuevo marco restablece dicho beneficio original del CAFTA-DR. Se trata de una corrección crucial de la sobre aplicación del arancel, ahora presentada como una concesión. Esto también explica por qué el comunicado del MINECO no incluye los códigos del Sistema Armonizado (SA) para los textiles; dicha exención se otorgó mediante un mecanismo distinto (aunque relacionado) vinculado al estatus del CAFTA-DR, y no mediante la exención basada en la cláusula de nación más favorecida (NMF) de "productos no cultivados en EE. UU."
V. Líneas arancelarias guatemaltecas que vuelven al estatus de arancel cero (Categoría 1)
La siguiente tabla detalla las exportaciones guatemaltecas específicas (principalmente productos agrícolas y alimenticios) que recuperan el estatus de arancel cero. Estos productos fueron incluidos en el Anexo II de la USEO 14257, quedando exentos del arancel recíproco del 10 %, con vigencia a partir del 14 de noviembre de 2025.
Tabla 1: Productos guatemaltecos exentos de los aranceles recíprocos de EE. UU.
| Código HTS | Descripción del producto |
| 08039000 | Bananas |
| 08031010 | Plátanos frescos |
| 08119010 | Plátanos congelados |
| CAFÉ | |
| 09011100 | Café sin tostar ni descafeinar |
| 09012100 | Café tostado, sin descafeinar |
| 09011200 | Café sin tostar, descafeinado |
| CARDAMOMO Y ESPECIAS | |
| 09083200 | Cardamomo |
| 09042180 | Pimienta de Jamaica, seca |
| 09041200 | Pimienta del género Piper |
| 09109060 | Otras especias |
| FRUTAS TROPICALES | |
| 08045040 | Guayabas, mangos, mangostanes |
| 08072000 | Papayas frescas |
| 08119040 | Papayas congeladas |
| 08043040 | Piñas frescas o secas |
| 08109046 | Otras frutas frescas |
| 12119052 | Mangos congelados |
| CÍTRICOS | |
| 08051000 | Naranjas frescas o secas |
| 08055040 | Limas frescas o secas |
| JUGOS Y CONCENTRADOS | |
| 20089940 | Jugo de piña concentrado |
| 20091900 | Jugo de naranja sin congelar |
| 20091225 | Jugo de naranja no concentrado |
| 20091100 | Jugo de naranja congelado |
| 20099100 | Jugo de piña sin congelar |
| CACAO Y CHOCOLATE | |
| 18010000 | Granos de cacao |
| 18050000 | Cacao en polvo |
| 18031000 | Pasta de cacao |
| VEGETALES | |
| 07020020 | Tomates frescos (marzo-sept.) |
| 07020040 | Tomates frescos |
| 07141020 | Chayote fresco |
| 07102040 | Legumbres congeladas |
| TÉ | |
| 09021010 | Té verde |
| 09023000 | Té negro fermentado |
| CARNE DE RES | |
| 02013000 | Carne de res deshuesada |
| NUECES | |
| 08081100 | Nuez moscada |
| 08026200 | Nueces de macadamia |
| PRODUCTOS PROCESADOS | |
| 20079910 | Mermelada de piña |
| 21012020 | Extractos de té o mate |
| 21011290 | Preparaciones de café |
| 20029915 | Tomates preparados |
| 11063020 | Harina de plátano |
| FERTILIZANTES | |
| 31059000 | Fertilizantes químicos |
| 31010000 | Abonos animales/vegetales |
Fuente: Ministerio de Economía de Guatemala (MINECO)
Notas importantes:
- HTS = Harmonized Tariff Schedule of the United States
- Esta lista NO incluye textiles y prendas de vestir (tratamiento separado bajo CAFTA-DR)
- Algunos productos tienen ventanas estacionales específicas
- La exención aplica solo al arancel recíproco del 10%; otros aranceles pueden aplicar
VI. Perspectiva estratégica y riesgos de implementación
Este nuevo marco presenta un panorama estratégico complejo para ambas naciones.
Para Guatemala, el acuerdo representa una importante victoria económica a corto plazo. El MINECO, el MINEX y las comisiones empresariales de acompañamiento han logrado, mediante gestiones exitosas, la eliminación del arancel punitivo del 10 % sobre sus exportaciones más importantes, como el café, el banano, el cardamomo y los textiles. Esto proporciona un alivio inmediato y tangible a sectores económicos clave, estabilizando los mercados de exportación y mejorando la competitividad.
Sin embargo, esta ganancia a corto plazo conlleva un profundo desafío a largo plazo en materia de soberanía e implementación. Guatemala se ha comprometido con una agenda de reforma interna amplia y políticamente delicada. Cumplir con las promesas relacionadas con las reformas en materia de propiedad intelectual (vinculada al Informe Especial 301), el fortalecimiento de la aplicación de la legislación laboral, la lucha contra los delitos ambientales (tala y minería ilegales) y la reorientación de sus normas de contratación pública requerirá una voluntad política, capacidad y recursos inmensos y sostenidos, todos los cuales han representado desafíos históricos.
Para Estados Unidos, este marco representa un éxito rotundo que demuestra la eficacia de su nuevo modelo de política comercial. EUA. ha utilizado con éxito su medida coercitiva unilateral de aranceles (EO 14257) para alcanzar objetivos estratégicos de larga data que resultaban difíciles, si no imposibles, de lograr en las negociaciones tradicionales de tratados de libre comercio basadas en el consenso. Entre estos logros se incluyen:
- Alineación geopolítica: Conseguir el compromiso clave para alinear sus políticas de seguridad en materia de adquisiciones e inversiones frente a actores "ajenos al mercado", una clara respuesta a la influencia china.
- Dominio del comercio digital: Obtener un compromiso vinculante y preventivo de Guatemala para no imponer impuestos a los servicios digitales, sentando un precedente favorable para las negociaciones en otros lugares.
- Aplicación de la propiedad intelectual: Creación de un nuevo mecanismo de aplicación poderoso y directo para su “Informe Especial 301” unilateral, convirtiendo efectivamente las conclusiones del informe en una base para el cumplimiento bilateral.
Sin embargo, la implicación estratégica más importante reside en la naturaleza revocable de esta medida. El marco jurídico de la Orden Ejecutiva 14257 —la declaración de «emergencia nacional» del IEEPA— no ha sido derogado. La orden del 14 de noviembre simplemente modificó el alcance del arancel. Esto significa que el «Marco para un Acuerdo» no es un tratado permanente y vinculante como el CAFTA-DR, sino un acuerdo político condicional.
Esta estructura implica que el presidente de EUA conserva la facultad de, mediante una simple orden ejecutiva, retirar productos del Anexo II y reimponer el arancel recíproco del 10 %. Si se percibe que Guatemala no avanza lo suficiente en su extenso listado de compromisos, Estados Unidos puede aplicar inmediatamente la reimposición de aranceles. Este nuevo marco, por lo tanto, mantiene a Guatemala en una situación permanente de supervisión y con restricciones de cumplimiento, lo que contrasta marcadamente con el mundo estable, basado en normas y duradero de un acuerdo formal de libre comercio.
El nuevo marco comercial entre EE. UU. y Guatemala: un primer análisis de los compromisos y las reversiones arancelarias
El 13 de noviembre muchos nos encontrábamos pendientes del juego de fútbol que se jugaría por la noche. En medio de la ansiedad y las expectativas por el resultado, se publicó por los gobiernos de los Estados Unidos de América y Guatemala la “Declaración Conjunta sobre el Marco para el Acuerdo de Comercio Recíproco entre Estados Unidos y Guatemala”.
Me resultó una grata sorpresa leer la declaración y reconozco el resultado obtenido por las autoridades y las comisiones empresariales que acompañaron las negociaciones.
Ahora toca, con ponderación, analizar los anuncios efectuados.
I. Un nuevo modelo de “compromiso para el alivio” en la política comercial estadounidense
El 13 de noviembre de 2025, Estados Unidos y Guatemala anunciaron un nuevo "Marco para un Acuerdo de Comercio Recíproco". El 14 de noviembre de 2025, una orden ejecutiva estadounidense modificó su régimen arancelario global, una medida que, según confirmó el Ministerio de Economía (MINECO), otorgaría acceso con "arancel cero" a una amplia gama de productos agrícolas guatemaltecos que anteriormente estaban sujetos a aranceles punitivos.
Esta secuencia de eventos es significativa y marca una clara ruptura con las negociaciones comerciales tradicionales. El 13 de noviembre, Estados Unidos obtuvo y anunció públicamente una lista exhaustiva de los compromisos vinculantes de Guatemala. Solo después de que estas concesiones se hicieran públicas, el 14 de noviembre, Estados Unidos cumplió con su contrapartida: la eliminación de los aranceles recíprocos. Este modelo de «compromiso primero, alivio después» demuestra un nuevo enfoque transaccional en la política comercial estadounidense.
Si bien la Declaración Conjunta señala que este acuerdo se basa en el Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (CAFTA-DR), su estructura fundamental es diferente. El CAFTA-DR fue un tratado negociado multilateralmente para el acceso recíproco y vinculante a los mercados, cuya elaboración tomó años. Este nuevo marco es el resultado de una medida unilateral de Estados Unidos. Primero, Estados Unidos impuso una medida punitiva —un arancel recíproco generalizado— y ahora ofrece un incentivo condicional —la eliminación de dicho arancel— a cambio de una lista de deseos en materia de política comercial estadounidense.
Este modelo transaccional se confirma en declaraciones del gobierno estadounidense: «Dado el compromiso de Guatemala de adoptar medidas significativas para impulsar una relación comercial más sólida y recíproca, Estados Unidos eliminará los aranceles recíprocos...». Este marco, por lo tanto, constituye un nuevo modelo para las relaciones económicas de Estados Unidos, utilizando la exención condicionada de aranceles unilaterales como herramienta para lograr una alineación específica en materia legal, regulatoria y geopolítica con sus socios comerciales.
II. La base de la política: Deconstruyendo el régimen de “aranceles recíprocos” de 2025 (El “palo”)
Para comprender la importancia económica de la eliminación de aranceles, es fundamental analizar primero la carga arancelaria que suprime. Los aranceles recíprocos fueron una medida integral anunciada por Estados Unidos el 2 de abril de 2025. El instrumento legal formal fue la Orden Ejecutiva 14257, titulada «Regulación de las importaciones con un arancel recíproco para corregir las prácticas comerciales que contribuyen a déficits comerciales anuales de bienes de Estados Unidos, grandes y persistentes».
La base legal de esta política es novedosa y controvertida. No se trataba de una medida comercial estándar contemplada en la Ley de Comercio de 1974. En cambio, la administración estadounidense declaró una "emergencia nacional" en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, 50 USC 1701), vinculando los persistentes déficits comerciales con una amenaza contra la seguridad nacional y la economía de Estados Unidos.
La Orden Ejecutiva 14257, firmada el 2 de abril de 2025, impuso un arancel base ad valorem del 10 % a las importaciones procedentes de casi todos los países, incluyendo Guatemala, con entrada en vigor el 5 de abril de 2025. Este arancel del 10 % se aplicó adicionalmente a los aranceles existentes, anulando de facto los beneficios de tratados de libre comercio como el CAFTA-DR para muchos productos.
Este contexto es crucial: el “arancel cero” que celebra el MINECO no representa una nueva preferencia ni un nuevo acceso a los mercados. Se trata de una vuelta al estatus de Nación Más Favorecida (NMF) o al statu quo del CAFTA-DR vigente antes del 5 de abril de 2025. Los informes guatemaltecos que celebran que “más del 70 % de nuestras exportaciones entrarán con arancel cero” conmemoran la eliminación de este impuesto punitivo del 10 %, no la creación de un nuevo beneficio.
III. El "Quid" de Guatemala: Un análisis técnico de los compromisos del marco
A cambio de esta reducción arancelaria, Guatemala ha aceptado una lista exhaustiva y jurídicamente significativa de reformas internas y alineamientos políticos. Estos compromisos, detallados en la Declaración Conjunta de la Casa Blanca, representan la contrapartida del acuerdo con Estados Unidos y abarcan prácticamente todos los aspectos de la economía guatemalteca.
1. Barreras no arancelarias (BNA) y simplificación regulatoria
Guatemala se ha comprometido a abordar una amplia gama de barreras no arancelarias que afectan a las exportaciones estadounidenses. Esto incluye la simplificación de los requisitos regulatorios y las aprobaciones para los productos farmacéuticos y dispositivos médicos estadounidenses, la eliminación de las restricciones a la importación de productos remanufacturados y la aceptación formal de las normas estadounidenses para la industria automotriz.
Además, Guatemala simplificará sus requisitos de certificado de libre venta mediante la aceptación de certificados electrónicos y la eliminación del requisito de apostilla, lo que reducirá la burocracia para los exportadores estadounidenses.
2. Acceso al mercado agrícola
Más allá de sus propias exportaciones, Guatemala ha hecho concesiones en materia de importaciones agrícolas estadounidenses. Se ha comprometido a mantener marcos regulatorios basados en la ciencia y el riesgo, y a prevenir barreras a los productos estadounidenses. Una concesión clave es el compromiso de brindar "transparencia y equidad en materia de indicaciones geográficas ", garantizando específicamente que el acceso al mercado no se restrinja "por el mero uso de ciertos términos para quesos y carnes". Esto representa una respuesta directa a los esfuerzos de la Unión Europea por proteger las indicaciones geográficas de sus productos alimenticios.
3. Protección de la Propiedad Intelectual (PI)
Guatemala se ha comprometido a establecer un "estándar sólido para la protección y el cumplimiento de la propiedad intelectual". Esto incluye la plena implementación de ciertos tratados internacionales sobre propiedad intelectual. Lo más importante es que Guatemala se ha comprometido a "tomar medidas para resolver muchos problemas de larga data relacionados con la propiedad intelectual, identificados en el Informe Especial 301 de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos ". Este compromiso eleva de facto el informe interno anual unilateral de la USTR al nivel de una hoja de ruta de cumplimiento acordada bilateralmente, otorgando a Estados Unidos una nueva y poderosa herramienta de aplicación de la ley.
4. Comercio y servicios digitales
En un importante triunfo estratégico para la política estadounidense, Guatemala ha acordado facilitar el comercio digital mediante:
- Abstenerse de imponer impuestos sobre servicios digitales (ISD) u otras medidas discriminatorias contra los servicios digitales estadounidenses.
- Garantizar la libre transferencia de datos a través de fronteras seguras.
- Apoyar una moratoria multilateral permanente sobre los derechos de aduana aplicables a las transmisiones electrónicas en la OMC.
Este compromiso constituye un precedente clave que Estados Unidos puede aprovechar en su campaña global contra la adopción de sistemas de transferencia de valores por parte de otras economías más grandes.
5. Derechos laborales
Guatemala se ha comprometido a proteger los derechos laborales reconocidos internacionalmente. Esto incluye el compromiso específico de prohibir la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio y de fortalecer las leyes laborales nacionales y su aplicación.
6. Protección del medio ambiente
El marco incluye amplios compromisos ambientales. Guatemala debe adoptar y mantener altos niveles de protección ambiental y aplicar eficazmente su legislación ambiental. Esto incluye medidas específicas para mejorar la gobernanza del sector forestal, combatir la tala ilegal, fortalecer la aplicación de las medidas pesqueras, combatir el comercio ilegal de vida silvestre y la minería ilegal, e implementar plenamente el Acuerdo de la OMC sobre Subvenciones a la Pesca.
7. Cuestiones sistémicas y de seguridad nacional
Esta sección contiene los compromisos más significativos desde el punto de vista geopolítico. Guatemala se ha comprometido a abordar las "posibles acciones distorsionadoras de las empresas estatales" y los subsidios industriales que afectan al comercio bilateral.
Además, se ha comprometido a fortalecer la "cooperación en materia de seguridad económica y nacional", incluyendo la prevención del lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo, el tráfico de drogas, personas y armas entre otros, para abordar las "políticas no de mercado de otros países" y a cooperar en materia de seguridad de las inversiones y controles de exportación.
El compromiso más directo y transparente es la promesa de «adoptar medidas para restringir el acceso a las adquisiciones a nivel central, cubiertas por los compromisos del tratado de libre comercio, a proveedores de países que no son socios del tratado». Esta formulación, junto con las cláusulas sobre empresas estatales, subsidios industriales y «políticas no de mercado», constituye un mecanismo claro y directo para contrarrestar la influencia económica de China en Guatemala, en particular la incidencia política y las ventas de productos y servicios de la marca Huawei y otras de procedencia china. Esto transforma el tratado, de un simple marco comercial, en una herramienta de alineación geopolítica y de «apoyo a los aliados».
IV. El «Quo» estadounidense: Anatomía de la reversión arancelaria
La concesión de Estados Unidos —la eliminación de los “aranceles recíprocos” de la Orden Ejecutiva 14257— se entrega en dos categorías distintas, según lo define la Declaración Conjunta y las hojas informativas estadounidenses de apoyo.
Categoría 1: Ayuda agrícola y de productos basada en el principio de nación más favorecida
La primera categoría de alivio se aplica a "ciertas exportaciones que cumplen con los requisitos y que no pueden cultivarse, extraerse ni producirse naturalmente en los Estados Unidos en cantidades suficientes". Este alivio se detalla en el comunicado de prensa del MINECO y en el anexo técnico.
El mecanismo para esta exención fue la Orden Ejecutiva del 14 de noviembre de 2025, titulada «Modificación del alcance del arancel recíproco con respecto a ciertos productos agrícolas». Esta orden trasladó estos productos específicos al «Anexo II» de la Orden Ejecutiva original 14257, que es la lista de bienes exentos del arancel recíproco.
El comunicado de prensa del MINECO señala correctamente que esta medida tiene alcance global. Esto se ve corroborado por informes de prensa estadounidenses que indican que productos como la carne de res, el café y el banano fueron eximidos de manera general, no solo para Guatemala, en parte para abordar las preocupaciones sobre el costo de vida en Estados Unidos. Por lo tanto, el sector agrícola de Guatemala se beneficia como parte de una modificación más amplia de la política estadounidense, no de una excepción bilateral exclusiva.
(https://www.wsj.com/economy/trade/trump-implements-major-rollback-of-food-tariffs-f575c75d?mod=economy_lead_pos5 / https://www.axios.com/2025/11/14/trump-tariffs-food-groceries )
Categoría 2: Alivio para el sector textil y de la confección basado en acuerdos de libre comercio
La segunda categoría de alivio es la verdadera concesión bilateral. Estados Unidos se comprometió a eliminar los aranceles recíprocos a "ciertos productos, como textiles y prendas de vestir, originarios del CAFTA-DR".
El arancel recíproco del 10 % establecido en la Orden Ejecutiva 14257 se había aplicado sobre las tasas vigentes del TLC, anulando de facto el beneficio de arancel cero del que gozaban los textiles y prendas de vestir guatemaltecos que cumplían los requisitos del CAFTA-DR. Este nuevo marco restablece dicho beneficio original del CAFTA-DR. Se trata de una corrección crucial de la sobre aplicación del arancel, ahora presentada como una concesión. Esto también explica por qué el comunicado del MINECO no incluye los códigos del Sistema Armonizado (SA) para los textiles; dicha exención se otorgó mediante un mecanismo distinto (aunque relacionado) vinculado al estatus del CAFTA-DR, y no mediante la exención basada en la cláusula de nación más favorecida (NMF) de "productos no cultivados en EE. UU."
V. Líneas arancelarias guatemaltecas que vuelven al estatus de arancel cero (Categoría 1)
La siguiente tabla detalla las exportaciones guatemaltecas específicas (principalmente productos agrícolas y alimenticios) que recuperan el estatus de arancel cero. Estos productos fueron incluidos en el Anexo II de la USEO 14257, quedando exentos del arancel recíproco del 10 %, con vigencia a partir del 14 de noviembre de 2025.
Tabla 1: Productos guatemaltecos exentos de los aranceles recíprocos de EE. UU.
| Código HTS | Descripción del producto |
| 08039000 | Bananas |
| 08031010 | Plátanos frescos |
| 08119010 | Plátanos congelados |
| CAFÉ | |
| 09011100 | Café sin tostar ni descafeinar |
| 09012100 | Café tostado, sin descafeinar |
| 09011200 | Café sin tostar, descafeinado |
| CARDAMOMO Y ESPECIAS | |
| 09083200 | Cardamomo |
| 09042180 | Pimienta de Jamaica, seca |
| 09041200 | Pimienta del género Piper |
| 09109060 | Otras especias |
| FRUTAS TROPICALES | |
| 08045040 | Guayabas, mangos, mangostanes |
| 08072000 | Papayas frescas |
| 08119040 | Papayas congeladas |
| 08043040 | Piñas frescas o secas |
| 08109046 | Otras frutas frescas |
| 12119052 | Mangos congelados |
| CÍTRICOS | |
| 08051000 | Naranjas frescas o secas |
| 08055040 | Limas frescas o secas |
| JUGOS Y CONCENTRADOS | |
| 20089940 | Jugo de piña concentrado |
| 20091900 | Jugo de naranja sin congelar |
| 20091225 | Jugo de naranja no concentrado |
| 20091100 | Jugo de naranja congelado |
| 20099100 | Jugo de piña sin congelar |
| CACAO Y CHOCOLATE | |
| 18010000 | Granos de cacao |
| 18050000 | Cacao en polvo |
| 18031000 | Pasta de cacao |
| VEGETALES | |
| 07020020 | Tomates frescos (marzo-sept.) |
| 07020040 | Tomates frescos |
| 07141020 | Chayote fresco |
| 07102040 | Legumbres congeladas |
| TÉ | |
| 09021010 | Té verde |
| 09023000 | Té negro fermentado |
| CARNE DE RES | |
| 02013000 | Carne de res deshuesada |
| NUECES | |
| 08081100 | Nuez moscada |
| 08026200 | Nueces de macadamia |
| PRODUCTOS PROCESADOS | |
| 20079910 | Mermelada de piña |
| 21012020 | Extractos de té o mate |
| 21011290 | Preparaciones de café |
| 20029915 | Tomates preparados |
| 11063020 | Harina de plátano |
| FERTILIZANTES | |
| 31059000 | Fertilizantes químicos |
| 31010000 | Abonos animales/vegetales |
Fuente: Ministerio de Economía de Guatemala (MINECO)
Notas importantes:
- HTS = Harmonized Tariff Schedule of the United States
- Esta lista NO incluye textiles y prendas de vestir (tratamiento separado bajo CAFTA-DR)
- Algunos productos tienen ventanas estacionales específicas
- La exención aplica solo al arancel recíproco del 10%; otros aranceles pueden aplicar
VI. Perspectiva estratégica y riesgos de implementación
Este nuevo marco presenta un panorama estratégico complejo para ambas naciones.
Para Guatemala, el acuerdo representa una importante victoria económica a corto plazo. El MINECO, el MINEX y las comisiones empresariales de acompañamiento han logrado, mediante gestiones exitosas, la eliminación del arancel punitivo del 10 % sobre sus exportaciones más importantes, como el café, el banano, el cardamomo y los textiles. Esto proporciona un alivio inmediato y tangible a sectores económicos clave, estabilizando los mercados de exportación y mejorando la competitividad.
Sin embargo, esta ganancia a corto plazo conlleva un profundo desafío a largo plazo en materia de soberanía e implementación. Guatemala se ha comprometido con una agenda de reforma interna amplia y políticamente delicada. Cumplir con las promesas relacionadas con las reformas en materia de propiedad intelectual (vinculada al Informe Especial 301), el fortalecimiento de la aplicación de la legislación laboral, la lucha contra los delitos ambientales (tala y minería ilegales) y la reorientación de sus normas de contratación pública requerirá una voluntad política, capacidad y recursos inmensos y sostenidos, todos los cuales han representado desafíos históricos.
Para Estados Unidos, este marco representa un éxito rotundo que demuestra la eficacia de su nuevo modelo de política comercial. EUA. ha utilizado con éxito su medida coercitiva unilateral de aranceles (EO 14257) para alcanzar objetivos estratégicos de larga data que resultaban difíciles, si no imposibles, de lograr en las negociaciones tradicionales de tratados de libre comercio basadas en el consenso. Entre estos logros se incluyen:
- Alineación geopolítica: Conseguir el compromiso clave para alinear sus políticas de seguridad en materia de adquisiciones e inversiones frente a actores "ajenos al mercado", una clara respuesta a la influencia china.
- Dominio del comercio digital: Obtener un compromiso vinculante y preventivo de Guatemala para no imponer impuestos a los servicios digitales, sentando un precedente favorable para las negociaciones en otros lugares.
- Aplicación de la propiedad intelectual: Creación de un nuevo mecanismo de aplicación poderoso y directo para su “Informe Especial 301” unilateral, convirtiendo efectivamente las conclusiones del informe en una base para el cumplimiento bilateral.
Sin embargo, la implicación estratégica más importante reside en la naturaleza revocable de esta medida. El marco jurídico de la Orden Ejecutiva 14257 —la declaración de «emergencia nacional» del IEEPA— no ha sido derogado. La orden del 14 de noviembre simplemente modificó el alcance del arancel. Esto significa que el «Marco para un Acuerdo» no es un tratado permanente y vinculante como el CAFTA-DR, sino un acuerdo político condicional.
Esta estructura implica que el presidente de EUA conserva la facultad de, mediante una simple orden ejecutiva, retirar productos del Anexo II y reimponer el arancel recíproco del 10 %. Si se percibe que Guatemala no avanza lo suficiente en su extenso listado de compromisos, Estados Unidos puede aplicar inmediatamente la reimposición de aranceles. Este nuevo marco, por lo tanto, mantiene a Guatemala en una situación permanente de supervisión y con restricciones de cumplimiento, lo que contrasta marcadamente con el mundo estable, basado en normas y duradero de un acuerdo formal de libre comercio.
EL TIPO DE CAMBIO DE HOY ES DE: