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17 de diciembre, 2025
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda publicó el Acuerdo Ministerial No. 2031-2025, que restringe la circulación de transporte de carga pesada en fechas claves de fin de año para facilitar movilidad y seguridad vial. La medida aplica a nivel nacional y tiene excepciones específicas para bienes esenciales.
Es noticia. El transporte de carga pesada (vehículos con más de 3.5 toneladas) no podrá circular en todo el territorio nacional en dos periodos críticos de las fiestas de fin de año:
- Desde el miércoles 24 de diciembre de 2025 a las 12:00 h hasta el jueves 25 de diciembre de 2025 a las 24:00 h.
- Desde el miércoles 31 de diciembre de 2025 a las 12:00 h hasta el jueves 1 de enero de 2026 a las 24:00 h.
- Estas restricciones buscan aliviar el tránsito en carreteras y reducir accidentes durante los desplazamientos masivos de las fiestas. Se exceptúan los vehículos que transporten productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipos para eventos autorizados y grúas.
Qué destacar. La medida se enmarca en el Acuerdo Ministerial No. 2031-2025 del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, que fue publicado en el Diario Oficial y tiene vigencia inmediata tras su publicación.
- La restricción rige específicamente desde el mediodía del 24 y 31 de diciembre hasta la medianoche del 25 y 1 de enero, respectivamente.
- La definición de transporte pesado comprende vehículos con peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas.
- No se requiere permiso especial para las excepciones autorizadas; basta con llevar la documentación que respalde el traslado de productos esenciales.
En el radar. La restricción afectará la logística de transporte y la cadena de suministro durante días de alta demanda en el país, periodo en que tradicionalmente se incrementa la circulación vehicular y el flujo turístico.
- El sector transporte suele expresar preocupación por las limitaciones a la circulación, pues afectan plazos y costos operativos.
- Excepciones para bienes esenciales buscan garantizar abasto de alimentos, combustibles y servicios básicos, aunque requieren coordinación logística eficiente.
- Las autoridades han indicado que la Dirección General de Transportes será responsable de la fiscalización y podrá sancionar infracciones conforme a la ley vigente.
Lo que sigue. Con estas restricciones vigentes en dos bloques de tiempo durante las festividades, se espera que las autoridades de tránsito intensifiquen operativos en carreteras principales para garantizar cumplimiento y seguridad vial.
- Se anticipa un aumento de operativos en rutas nacionales como la CA-9 Norte y Sur, vinculadas a puertos y centros logísticos.
- Transportistas deben planificar con antelación itinerarios fuera de los periodos restringidos y asegurar documentación completa de mercancías autorizadas.
- Las autoridades podrían emitir comunicados adicionales si se ajustan las excepciones o se presentan situaciones de emergencia.
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17 de diciembre, 2025
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Es noticia. El transporte de carga pesada (vehículos con más de 3.5 toneladas) no podrá circular en todo el territorio nacional en dos periodos críticos de las fiestas de fin de año:
- Desde el miércoles 24 de diciembre de 2025 a las 12:00 h hasta el jueves 25 de diciembre de 2025 a las 24:00 h.
- Desde el miércoles 31 de diciembre de 2025 a las 12:00 h hasta el jueves 1 de enero de 2026 a las 24:00 h.
- Estas restricciones buscan aliviar el tránsito en carreteras y reducir accidentes durante los desplazamientos masivos de las fiestas. Se exceptúan los vehículos que transporten productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipos para eventos autorizados y grúas.
Qué destacar. La medida se enmarca en el Acuerdo Ministerial No. 2031-2025 del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, que fue publicado en el Diario Oficial y tiene vigencia inmediata tras su publicación.
- La restricción rige específicamente desde el mediodía del 24 y 31 de diciembre hasta la medianoche del 25 y 1 de enero, respectivamente.
- La definición de transporte pesado comprende vehículos con peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas.
- No se requiere permiso especial para las excepciones autorizadas; basta con llevar la documentación que respalde el traslado de productos esenciales.
En el radar. La restricción afectará la logística de transporte y la cadena de suministro durante días de alta demanda en el país, periodo en que tradicionalmente se incrementa la circulación vehicular y el flujo turístico.
- El sector transporte suele expresar preocupación por las limitaciones a la circulación, pues afectan plazos y costos operativos.
- Excepciones para bienes esenciales buscan garantizar abasto de alimentos, combustibles y servicios básicos, aunque requieren coordinación logística eficiente.
- Las autoridades han indicado que la Dirección General de Transportes será responsable de la fiscalización y podrá sancionar infracciones conforme a la ley vigente.
Lo que sigue. Con estas restricciones vigentes en dos bloques de tiempo durante las festividades, se espera que las autoridades de tránsito intensifiquen operativos en carreteras principales para garantizar cumplimiento y seguridad vial.
- Se anticipa un aumento de operativos en rutas nacionales como la CA-9 Norte y Sur, vinculadas a puertos y centros logísticos.
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- Las autoridades podrían emitir comunicados adicionales si se ajustan las excepciones o se presentan situaciones de emergencia.
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