José Gilberto Godoy Archila, juez de primera instancia de turno del MAIMI, resolvió cambiar las medidas y restricciones contra el periodista Diego Alejandro España Loarca.
- Las limitaciones a su trabajo fueron otorgadas luego de una denuncia por violencia contra la mujer presentada por una auxiliar fiscal de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), del Ministerio Público (MP).
- El comunicador tenía prohibido ingresar en las instalaciones de las sedes judiciales (Torre de Tribunales) y del MP.
Es noticia. El martes 10 de diciembre se desarrolló la audiencia de oposición a la desestimación de las medidas de seguridad que otorgó una jueza a la fiscal de la FECI. El proceso se realizó en la sala de audiencias 1, del edificio del Modelo de Atención Integral para las Mujeres Víctimas de Violencia (MAIMI).
- Después de analizar los argumentos de las partes procesales, el juez declaró con lugar parcialmente el incidente de oposición. Explicó que las acciones se tomaron por existir posibles vulneraciones a la libertad de prensa, emisión del pensamiento, derecho al trabajo, libre acceso a tribunales y dependencias del Estado.
- La resolución del juzgado ordena modificar y suprimir varias literales (modificar I y suprimir la literal J) de la parte resolutiva del 26 de octubre, por las razones consideradas en su oportunidad. Además, establece realizar un nuevo oficio con observación a la Policía Nacional Civil.
- “Se hace la observación que las medidas de seguridad vigentes en ningún momento pueden restringir o vulnerar el derecho que tiene España Loarca para ejercer su labor como periodista, acceder libremente a las instituciones y dependencias del Estado, instituciones educativas (…) Quedando como única limitante el ejecutar acciones de perturbación o intimidación dentro del contexto de la vida privada de la denunciante”, detalla el documento.
Voces. Al salir de la audiencia, España declaró a los medios de comunicación que con la resolución del juzgado ahora podrá ingresar a las instalaciones de la Torre de Tribunales y el MP.
- Además, indicó que Godoy en la audiencia dijo que la resolución de la jueza anterior “fue bastante excesiva”, y no fue precisa en justificar el no ingreso al MP y Torre de Tribunales.
- Explicó que sigue vigente la prohibición de acercarse a la auxiliar fiscal y a su familia. “Las nuevas medidas me permiten ingresar a las instalaciones del MP y del edificio de la Torre de Tribunales. Eso me facilita hacer el trabajo periodístico”, agregó.
- Por último, manifestó que desde un principio el MP se opuso a las modificaciones y que las medidas vencen el 26 de diciembre. “El juez fue muy claro en que el tema de la labor periodística en el MP y la Torre de Tribunales o publicaciones que invadan la vida personal, no son constitutivos de llevarlos en esta forma, la vía correcta debería ser en un Tribunal de Imprenta”, concluyó.
Qué destacar. En la audiencia no se permitió el ingreso a la prensa. Ningún empleado —seguridad, voceros, enlaces de comunicación— logró establecer el porqué de la medida. El caso no tenía ninguna reserva.
- En el edificio del MAIMI se encuentran delegaciones del MP, el OJ, el Instituto de la Defensa Pública Penal, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, entre otras.
- Sin embargo, el personal de seguridad, que permite o no el ingreso de los ciudadanos al edificio, es delegado por el MP. Los agentes indicaron que existe un protocolo para el ingreso de la prensa; pero no explicaron detalles del mecanismo.
- Los enlaces del departamento de Comunicación del MP justificaron que es el juez quien decide el ingreso a los medios de comunicación. Una respuesta similar fue emitida por el Organismo Judicial.
- “Hay que recordar que, si bien es cierto, en el MAIMI se encuentra el juzgado, quien decide si les brinda acceso o no a la audiencia es precisamente el juez. Además, en el Modelo hay víctimas respecto de las cuales también hay que guardar su integridad”, indicó el MP vía WhatsApp.
José Gilberto Godoy Archila, juez de primera instancia de turno del MAIMI, resolvió cambiar las medidas y restricciones contra el periodista Diego Alejandro España Loarca.
- Las limitaciones a su trabajo fueron otorgadas luego de una denuncia por violencia contra la mujer presentada por una auxiliar fiscal de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), del Ministerio Público (MP).
- El comunicador tenía prohibido ingresar en las instalaciones de las sedes judiciales (Torre de Tribunales) y del MP.
Es noticia. El martes 10 de diciembre se desarrolló la audiencia de oposición a la desestimación de las medidas de seguridad que otorgó una jueza a la fiscal de la FECI. El proceso se realizó en la sala de audiencias 1, del edificio del Modelo de Atención Integral para las Mujeres Víctimas de Violencia (MAIMI).
- Después de analizar los argumentos de las partes procesales, el juez declaró con lugar parcialmente el incidente de oposición. Explicó que las acciones se tomaron por existir posibles vulneraciones a la libertad de prensa, emisión del pensamiento, derecho al trabajo, libre acceso a tribunales y dependencias del Estado.
- La resolución del juzgado ordena modificar y suprimir varias literales (modificar I y suprimir la literal J) de la parte resolutiva del 26 de octubre, por las razones consideradas en su oportunidad. Además, establece realizar un nuevo oficio con observación a la Policía Nacional Civil.
- “Se hace la observación que las medidas de seguridad vigentes en ningún momento pueden restringir o vulnerar el derecho que tiene España Loarca para ejercer su labor como periodista, acceder libremente a las instituciones y dependencias del Estado, instituciones educativas (…) Quedando como única limitante el ejecutar acciones de perturbación o intimidación dentro del contexto de la vida privada de la denunciante”, detalla el documento.
Voces. Al salir de la audiencia, España declaró a los medios de comunicación que con la resolución del juzgado ahora podrá ingresar a las instalaciones de la Torre de Tribunales y el MP.
- Además, indicó que Godoy en la audiencia dijo que la resolución de la jueza anterior “fue bastante excesiva”, y no fue precisa en justificar el no ingreso al MP y Torre de Tribunales.
- Explicó que sigue vigente la prohibición de acercarse a la auxiliar fiscal y a su familia. “Las nuevas medidas me permiten ingresar a las instalaciones del MP y del edificio de la Torre de Tribunales. Eso me facilita hacer el trabajo periodístico”, agregó.
- Por último, manifestó que desde un principio el MP se opuso a las modificaciones y que las medidas vencen el 26 de diciembre. “El juez fue muy claro en que el tema de la labor periodística en el MP y la Torre de Tribunales o publicaciones que invadan la vida personal, no son constitutivos de llevarlos en esta forma, la vía correcta debería ser en un Tribunal de Imprenta”, concluyó.
Qué destacar. En la audiencia no se permitió el ingreso a la prensa. Ningún empleado —seguridad, voceros, enlaces de comunicación— logró establecer el porqué de la medida. El caso no tenía ninguna reserva.
- En el edificio del MAIMI se encuentran delegaciones del MP, el OJ, el Instituto de la Defensa Pública Penal, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, entre otras.
- Sin embargo, el personal de seguridad, que permite o no el ingreso de los ciudadanos al edificio, es delegado por el MP. Los agentes indicaron que existe un protocolo para el ingreso de la prensa; pero no explicaron detalles del mecanismo.
- Los enlaces del departamento de Comunicación del MP justificaron que es el juez quien decide el ingreso a los medios de comunicación. Una respuesta similar fue emitida por el Organismo Judicial.
- “Hay que recordar que, si bien es cierto, en el MAIMI se encuentra el juzgado, quien decide si les brinda acceso o no a la audiencia es precisamente el juez. Además, en el Modelo hay víctimas respecto de las cuales también hay que guardar su integridad”, indicó el MP vía WhatsApp.