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Gobernación declara reservado el convenio para construir cárcel de máxima seguridad en Izabal

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Luis Gonzalez
22 de mayo, 2026

El Ministerio de Gobernación emitió la Resolución Ministerial número 000290, con fecha 21 de mayo de 2026, mediante la cual se declara como información reservada el convenio específico de cooperación interinstitucional suscrito entre el Ministerio de la Defensa Nacional y esa cartera para la construcción de un centro de cumplimiento de condena de máxima seguridad a cargo del Cuerpo de Ingenieros del Ejército.

Es noticia. De acuerdo con el documento, la decisión se fundamenta en lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y en la Ley de Acceso a la Información Pública.

  • El artículo 30 constitucional reconoce el derecho de toda persona a acceder a información de la administración pública; sin embargo, también contempla excepciones cuando se trata de asuntos relacionados con seguridad nacional o información entregada bajo confidencialidad.
  • Asimismo, la resolución se sustenta en el Decreto 57-2008, que regula el acceso a información pública y establece los casos en los que esta puede ser clasificada como reservada.
  • En particular, se invoca el artículo 23, que permite restringir información cuya divulgación pueda causar perjuicios a la investigación de delitos, a la seguridad del Estado o a la administración de justicia.

Qué destacar. Según el Ministerio de Gobernación, la clasificación responde a la necesidad de resguardar detalles estratégicos vinculados a la construcción de la infraestructura penitenciaria de máxima seguridad, la cual será ejecutada por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército, conforme al convenio firmado el 25 de marzo de 2026.

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  • El documento señala que la difusión de esta información podría comprometer la seguridad del sistema penitenciario, facilitar la evasión de personas privadas de libertad o generar riesgos en la planificación y ejecución del proyecto.
  • Además, advierte que el acceso público a los detalles del convenio podría afectar la prevención y persecución de delitos, así como la efectividad de acciones de inteligencia del Estado.
  • La resolución también indica que la clasificación de la información cumple con los requisitos legales establecidos: encuadra en los casos de excepción previstos por la ley, su divulgación podría afectar intereses protegidos y el daño potencial sería mayor que el interés público de conocerla.

En el radar. Como parte de las disposiciones, se instruye a la Dirección General del Sistema Penitenciario para implementar la clasificación de reserva.

  • También se designa a las unidades administrativas responsables de resguardar la información, entre ellas la Subdirección Administrativa, la Dirección de Planificación y la Dirección General del Sistema Penitenciario.
  • El plazo de reserva fue fijado en siete años, contados a partir de la emisión de la resolución, aunque el documento establece que este periodo puede ampliarse si persisten las condiciones que justifican la confidencialidad.
  • Durante este tiempo, el acceso a la información quedará restringido a las autoridades competentes.

Sí, pero. No obstante, la resolución aclara que la información pública relacionada que no esté sujeta a reserva deberá mantenerse disponible conforme a la normativa vigente, en línea con los principios de transparencia y rendición de cuentas.

  • Finalmente, el acuerdo dispone que la publicación oficial del acto se realizará en el Diario de Centro América y que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, el 22 de mayo de 2026.
  • Con esta medida, el Ministerio de Gobernación formaliza la protección de los detalles del convenio, en el marco de la construcción de un nuevo centro carcelario de máxima seguridad en el país.

Gobernación declara reservado el convenio para construir cárcel de máxima seguridad en Izabal

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Luis Gonzalez
22 de mayo, 2026

El Ministerio de Gobernación emitió la Resolución Ministerial número 000290, con fecha 21 de mayo de 2026, mediante la cual se declara como información reservada el convenio específico de cooperación interinstitucional suscrito entre el Ministerio de la Defensa Nacional y esa cartera para la construcción de un centro de cumplimiento de condena de máxima seguridad a cargo del Cuerpo de Ingenieros del Ejército.

Es noticia. De acuerdo con el documento, la decisión se fundamenta en lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y en la Ley de Acceso a la Información Pública.

  • El artículo 30 constitucional reconoce el derecho de toda persona a acceder a información de la administración pública; sin embargo, también contempla excepciones cuando se trata de asuntos relacionados con seguridad nacional o información entregada bajo confidencialidad.
  • Asimismo, la resolución se sustenta en el Decreto 57-2008, que regula el acceso a información pública y establece los casos en los que esta puede ser clasificada como reservada.
  • En particular, se invoca el artículo 23, que permite restringir información cuya divulgación pueda causar perjuicios a la investigación de delitos, a la seguridad del Estado o a la administración de justicia.

Qué destacar. Según el Ministerio de Gobernación, la clasificación responde a la necesidad de resguardar detalles estratégicos vinculados a la construcción de la infraestructura penitenciaria de máxima seguridad, la cual será ejecutada por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército, conforme al convenio firmado el 25 de marzo de 2026.

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  • El documento señala que la difusión de esta información podría comprometer la seguridad del sistema penitenciario, facilitar la evasión de personas privadas de libertad o generar riesgos en la planificación y ejecución del proyecto.
  • Además, advierte que el acceso público a los detalles del convenio podría afectar la prevención y persecución de delitos, así como la efectividad de acciones de inteligencia del Estado.
  • La resolución también indica que la clasificación de la información cumple con los requisitos legales establecidos: encuadra en los casos de excepción previstos por la ley, su divulgación podría afectar intereses protegidos y el daño potencial sería mayor que el interés público de conocerla.

En el radar. Como parte de las disposiciones, se instruye a la Dirección General del Sistema Penitenciario para implementar la clasificación de reserva.

  • También se designa a las unidades administrativas responsables de resguardar la información, entre ellas la Subdirección Administrativa, la Dirección de Planificación y la Dirección General del Sistema Penitenciario.
  • El plazo de reserva fue fijado en siete años, contados a partir de la emisión de la resolución, aunque el documento establece que este periodo puede ampliarse si persisten las condiciones que justifican la confidencialidad.
  • Durante este tiempo, el acceso a la información quedará restringido a las autoridades competentes.

Sí, pero. No obstante, la resolución aclara que la información pública relacionada que no esté sujeta a reserva deberá mantenerse disponible conforme a la normativa vigente, en línea con los principios de transparencia y rendición de cuentas.

  • Finalmente, el acuerdo dispone que la publicación oficial del acto se realizará en el Diario de Centro América y que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, el 22 de mayo de 2026.
  • Con esta medida, el Ministerio de Gobernación formaliza la protección de los detalles del convenio, en el marco de la construcción de un nuevo centro carcelario de máxima seguridad en el país.

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