CGC clasifica información reservada por siete años
Este miércoles 26 de junio las autoridades de Contraloría General de Cuentas (CGC) oficializaron la clasificación de determinada información como reservada para los próximos siete años.
Es noticia. Entre la información que se declara en reserva destacan los instrumentos, documentos, nombramientos, insumos, metodología, comunicación electrónica, aplicaciones informáticas, sistemas, providencias o procedimientos utilizados para la planificación, ejecución, comunicación de resultados y gestión de los procesos de fiscalización.
- Además, los oficios, informes jurídicos, opiniones, dictámenes técnicos y/o legales, proyectos de denuncia, denuncias, demandas o documentos digitales emitidos como resultado de este o bien en el ejercicio de sus funciones, con fundamento en lo establecido en la Constitución de la República y la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
- “La revelación de los instrumentos, documentos, insumos, aplicaciones informáticas, sistemas, providencias o procedimientos utilizados para la planificación, ejecución, comunicación de resultados y gestión de los procesos de fiscalización, podrá ser conocida únicamente por el titular del derecho que garantice la confidencialidad, que puede causar un serio daño al revelarse información catalogada como reservada por ley”, señala el documento.
- Además, a las actividades de investigación, prevención o persecución de delitos o a la impartición de justicia, así como afectar la tramitación de los procesos judiciales que no hayan causado ejecutoria, conforme lo establecido en los artículos 22 numerales 5 y 6; y 23 numerales 4, y 9 del Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la información Pública.
CGC clasifica información reservada por siete años
Este miércoles 26 de junio las autoridades de Contraloría General de Cuentas (CGC) oficializaron la clasificación de determinada información como reservada para los próximos siete años.
Es noticia. Entre la información que se declara en reserva destacan los instrumentos, documentos, nombramientos, insumos, metodología, comunicación electrónica, aplicaciones informáticas, sistemas, providencias o procedimientos utilizados para la planificación, ejecución, comunicación de resultados y gestión de los procesos de fiscalización.
- Además, los oficios, informes jurídicos, opiniones, dictámenes técnicos y/o legales, proyectos de denuncia, denuncias, demandas o documentos digitales emitidos como resultado de este o bien en el ejercicio de sus funciones, con fundamento en lo establecido en la Constitución de la República y la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
- “La revelación de los instrumentos, documentos, insumos, aplicaciones informáticas, sistemas, providencias o procedimientos utilizados para la planificación, ejecución, comunicación de resultados y gestión de los procesos de fiscalización, podrá ser conocida únicamente por el titular del derecho que garantice la confidencialidad, que puede causar un serio daño al revelarse información catalogada como reservada por ley”, señala el documento.
- Además, a las actividades de investigación, prevención o persecución de delitos o a la impartición de justicia, así como afectar la tramitación de los procesos judiciales que no hayan causado ejecutoria, conforme lo establecido en los artículos 22 numerales 5 y 6; y 23 numerales 4, y 9 del Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la información Pública.