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Asueto del 20 de octubre: qué bancos atenderán a sus clientes

La atención dependerá de cada entidad financiera. La SIB publicó un listado para consultar las agencias que prestarán servicios especiales.

Ana González
20 de octubre, 2026

El asueto por el aniversario de la Revolución de 1944 modifica la atención bancaria este martes 20 de octubre en Guatemala. La Superintendencia de Bancos (SIB) informó que las entidades financieras están autorizadas a cerrar, aunque algunas podrán mantener servicios especiales para sus clientes.

Es noticia. La Junta Monetaria autorizó el cierre de bancos y otras entidades financieras por el asueto del 20 de octubre. Sin embargo, la decisión de atender al público queda a discreción de cada institución, por lo que los servicios disponibles pueden variar.

  • La autorización incluye bancos, sucursales y agencias bancarias, sociedades financieras, compañías de seguros, almacenadoras, casas de cambio y microfinancieras.
  • Cada entidad podrá decidir si presta servicios mediante agencias, ventanillas especiales u otros mecanismos de atención durante el asueto.
  • La SIB indicó que los clientes pueden consultar el listado de agencias bancarias con servicio especial en el enlace habilitado por la institución.

Qué destacar. La apertura de las agencias dependerá de las decisiones de cada banco, por lo que los usuarios deberán verificar los horarios y puntos de atención antes de realizar operaciones presenciales. La autorización de cierre no implica que todas las instituciones suspendan sus servicios.

SUSCRÍBASE A NUESTRO NEWSLETTER
  • Los clientes que necesiten realizar trámites en ventanilla deben revisar el listado de agencias habilitadas y confirmar los horarios de atención directamente con su banco.
  • La SIB publicó el aviso el 19 de octubre de 2026, un día antes del asueto, para informar sobre las condiciones de funcionamiento del sistema financiero.
  • La disponibilidad de servicios especiales dependerá de cada institución. Por eso, no debe asumirse que todas las agencias de una misma entidad atenderán al público.

Cómo funciona. La autorización se sustenta en las disposiciones que regulan los asuetos de las instituciones bancarias y de las compañías de seguros. Estas normas permiten organizar el cierre durante fechas específicas sin impedir que las entidades mantengan servicios alternativos.

  •  La Resolución 2079 de la Junta Monetaria, del 15 de mayo de 1957, contiene el Reglamento de Asuetos de las Instituciones Bancarias que operan en Guatemala.
  • Para las compañías de seguros y fianzas, el aviso también menciona las normas sobre cierres y asuetos contenidas en el Acuerdo Gubernativo del 6 de octubre de 1980.
  • La decisión de abrir agencias o habilitar ventanillas especiales corresponde a cada entidad financiera, dentro del marco de las disposiciones aplicables al asueto.

  • TAGS RELACIONADOS:
  • SIB

Asueto del 20 de octubre: qué bancos atenderán a sus clientes

La atención dependerá de cada entidad financiera. La SIB publicó un listado para consultar las agencias que prestarán servicios especiales.

Ana González
20 de octubre, 2026

El asueto por el aniversario de la Revolución de 1944 modifica la atención bancaria este martes 20 de octubre en Guatemala. La Superintendencia de Bancos (SIB) informó que las entidades financieras están autorizadas a cerrar, aunque algunas podrán mantener servicios especiales para sus clientes.

Es noticia. La Junta Monetaria autorizó el cierre de bancos y otras entidades financieras por el asueto del 20 de octubre. Sin embargo, la decisión de atender al público queda a discreción de cada institución, por lo que los servicios disponibles pueden variar.

  • La autorización incluye bancos, sucursales y agencias bancarias, sociedades financieras, compañías de seguros, almacenadoras, casas de cambio y microfinancieras.
  • Cada entidad podrá decidir si presta servicios mediante agencias, ventanillas especiales u otros mecanismos de atención durante el asueto.
  • La SIB indicó que los clientes pueden consultar el listado de agencias bancarias con servicio especial en el enlace habilitado por la institución.

Qué destacar. La apertura de las agencias dependerá de las decisiones de cada banco, por lo que los usuarios deberán verificar los horarios y puntos de atención antes de realizar operaciones presenciales. La autorización de cierre no implica que todas las instituciones suspendan sus servicios.

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  • La disponibilidad de servicios especiales dependerá de cada institución. Por eso, no debe asumirse que todas las agencias de una misma entidad atenderán al público.

Cómo funciona. La autorización se sustenta en las disposiciones que regulan los asuetos de las instituciones bancarias y de las compañías de seguros. Estas normas permiten organizar el cierre durante fechas específicas sin impedir que las entidades mantengan servicios alternativos.

  •  La Resolución 2079 de la Junta Monetaria, del 15 de mayo de 1957, contiene el Reglamento de Asuetos de las Instituciones Bancarias que operan en Guatemala.
  • Para las compañías de seguros y fianzas, el aviso también menciona las normas sobre cierres y asuetos contenidas en el Acuerdo Gubernativo del 6 de octubre de 1980.
  • La decisión de abrir agencias o habilitar ventanillas especiales corresponde a cada entidad financiera, dentro del marco de las disposiciones aplicables al asueto.

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